CONSULTE nuestra sección de preguntas frecuentes.
¿CÓMO ACTUAR?
Ante un siniestro vial, mantener la calma y actuar correctamente es fundamental para evitar nuevos riesgos, proteger a las personas implicadas y facilitar la intervención de los servicios de emergencia .
SINIESTRO VIAL SIN VÍCTIMAS
Si se produce un accidente de circulación y no hay personas heridas, siga estas recomendaciones:
1. PROTÉJASE Y SEÑALICE EL LUGAR
- Si necesita salir del vehículo, hágalo con la máxima precaución y colóquese el chaleco reflectante.
- Señalice adecuadamente la situación de peligro.
- Utilice las luces de emergencia del vehículo.
- Evite permanecer en la calzada o en zonas donde pueda ser atropellado.
2. RELLENE EL PARTE AMISTOSO
Si existe acuerdo entre las personas conductoras implicadas, cumplimente el parte europeo de accidente (parte amistoso) con los datos de ambos vehículos y conductores.
Compruebe que la información facilitada es correcta antes de firmarlo y conserve una copia.
3. ¿CUÁNDO DEBE AVISAR A LA POLICÍA?
Si no existe acuerdo entre las partes sobre lo ocurrido, comunique el siniestro al 112 o al 092 para solicitar la presencia de la Policía Local.
También puede solicitar asistencia policial cuando existan indicios de circunstancias que puedan constituir una infracción o delito, por ejemplo, si alguno de los conductores pudiera encontrarse:
- Bajo los efectos del alcohol o las drogas.
- Sin permiso de conducción.
- Sin el seguro obligatorio correspondiente.
Importante: Si el siniestro no ha causado víctimas y los vehículos pueden circular con seguridad, procure no obstaculizar innecesariamente la circulación.
SINIESTRO VIAL CON VÍCTIMAS
Cuando haya personas heridas o exista cualquier situación de riesgo para su integridad, actúe con rapidez y solicite asistencia.
1. AVISE A LOS SERVICIOS DE EMERGENCIA
Llame inmediatamente al 112 o al 092 e indique, en la medida de lo posible:
- El lugar exacto del siniestro.
- El número aproximado de vehículos implicados.
- Si hay personas heridas o atrapadas.
- Cualquier circunstancia que pueda aumentar el riesgo: incendio, humo, tráfico intenso, mercancías peligrosas, etc.
2. SIGA LAS INDICACIONES DE LOS SERVICIOS DE EMERGENCIA
Facilite la información que le soliciten y siga las instrucciones del personal de emergencias hasta la llegada de los servicios sanitarios y policiales.
No realice actuaciones que puedan poner en peligro su propia seguridad o la de las personas heridas.
3. NO MUEVA LOS VEHÍCULOS
Siempre que las circunstancias lo permitan, no mueva los vehículos implicados hasta la llegada de los agentes.
Si fuera imprescindible desplazarlos para evitar un peligro mayor o facilitar la asistencia y la seguridad de las personas, procure documentar previamente la posición de los vehículos mediante fotografías o vídeo, siempre que pueda hacerlo sin ponerse en riesgo.
4. ESPERE A LA POLICÍA LOCAL
Permanezca en el lugar hasta la llegada de los agentes, salvo que deba recibir asistencia médica o exista una causa de fuerza mayor.
La Policía Local realizará las actuaciones necesarias para esclarecer las circunstancias del siniestro, recoger los datos e indicios relevantes y, cuando proceda, elaborar el correspondiente atestado para su remisión a la autoridad competente.
RECUERDE
PROTÉJASE → AVISE → AUXILIE → SIGA LAS INDICACIONES → ESPERE A LOS SERVICIOS DE EMERGENCIA
Ante cualquier situación de peligro, 112.
Para solicitar la intervención de la Policía Local de Ciudad Real, 092.
Su seguridad y la de las demás personas es lo primero.
¿DÓNDE ESTÁ MI VEHÍCULO?
Si no encuentra su vehículo en el lugar donde lo había estacionado y sospecha que puede haber sido retirado por la grúa municipal, siga estos pasos:
1. COMPRUEBE SI HA SIDO RETIRADO POR LA GRÚA
Antes de desplazarse, puede comprobar si su vehículo ha sido retirado llamando al:
926 21 10 44 — Extensión 750
Para realizar la comprobación, se le solicitarán algunos datos del vehículo, como:
- Matrícula
- Marca y modelo
- Color
- Lugar donde estaba estacionado
2. SI SU VEHÍCULO HA SIDO RETIRADO
Una vez confirmada la retirada, deberá acudir a las instalaciones de la Policía Local de Ciudad Real:
C/ Calatrava, 47 — Ciudad Real
Cómo llegar a Policía Local de Ciudad Real
Allí se comprobarán sus datos y se realizarán las gestiones necesarias para la entrega del vehículo.
3. ABONO DE LA TASA
Para retirar el vehículo será necesario efectuar previamente el abono de la tasa fiscal municipal correspondiente al servicio de retirada.
El pago se realizará mediante tarjeta bancaria.
RECUERDE
Antes de acudir a las dependencias policiales, compruebe telefónicamente que su vehículo ha sido efectivamente retirado por la grúa municipal.
926 21 10 44 — Ext. 750
Policía Local de Ciudad Real — Siempre a su servicio.
Las tasas municipales por recogida y retirada de vehículos de la vía pública viene establecida en el Ordenanza Fiscal A-4 (establecida anualmente por el Ayuntamiento), donde se establece lo siguiente:
Artículo 5. Tarifa
1.- Las categorías citadas en esta tarifa se corresponderán con la clasificación de vehículos establecida en el vigente código de la Circulación.
Estos derechos y tasas de la presente Tarifa, son exigibles, sin perjuicio de la multa que proceda, conforme al Cuadro de Multas del Código de la Circulación, modificado por la vigente Ley de Tráfico.
- – Regirá la siguiente:
T A R I F A
A) ORDINARIO (Por infracción de Ley)
1) Retirada y traslado al depósito por cada vehículo.
1.1 TRASLADO INICIADO……………. 10,29 €
1.2 SERVICIO COMPLETO
– Ciclos, bicicletas, patines y monopatines 10,29 €
– Ciclomotores…………………………….. 41,11 €
– Motocicletas………………………….. 41,11 €
– Turismos………………………………. 61,70 €
– Vehículos pesados……………………… 257,02 €
2) INMOVILIZACIÓN
– Ciclos, bicicletas, patines y monopatines 10,29 €
– Ciclomotores ……………………….. 20,58 €
– Motocicletas………………………. 20,58 €
– Turismos…………………………… 30,84 €
– Vehículos pesados……………….. 56,51 €
3) DEPOSITO DE VEHÍCULOS A PARTIR DE LAS 24 HORAS O FRACCIÓN
– Ciclos, bicicletas, patines y monopatines 1,14 €
– Ciclomotores …………………. 3,41 €
– Motocicletas…………………. 3,41 €
– Turismos……………………… 6,81 €
4) RETIRADA DE VEHÍCULOS CONTEMPLADOS EN EL ARTÍCULO 1.2 APARTADO f- Vehículos pesados…………. 11,32 €
– Ciclos, bicicletas, patines y monopatines: 5,15 €
– Ciclomotores …………………. 20,56 €
– Motocicletas…………………. 20,56 €
– Turismos……………………… 30,85 €
– Vehículos pesados………… 128,51 €
Artículo 6. Exenciones.
Estarán exentos del pago de la tasa regulada en la presente Ordenanza:
– Los dueños de los vehículos robados o accidentados hasta la fecha de notificación para su recogida.
TARJETA DE ACCESIBILIDAD
Soy titular de una tarjeta de accesibilidad y quiero estacionar mi vehículo en una plaza reservada para personas con discapacidad. ¿Qué debo hacer?.
Si eres titular de una tarjeta de accesibilidad, recuerda que su uso es personal e intransferible. Para utilizar una plaza reservada para personas con discapacidad, debes cumplir las condiciones establecidas por la normativa vigente.
Al estacionar:
-
Coloca la tarjeta en un lugar visible, normalmente en el salpicadero, con el anverso hacia arriba, de forma que pueda ser comprobada desde el exterior.
-
Utilízala únicamente cuando la persona titular se encuentre en el vehículo o sea quien realiza el desplazamiento, según las condiciones de uso de la tarjeta.
-
Respeta la señalización y las normas de estacionamiento del lugar.
-
En las zonas en las que exista limitación de tiempo, respeta el tiempo máximo permitido, salvo que la normativa aplicable establezca otra condición.
-
No prestes ni cedas la tarjeta a otras personas. El uso de una tarjeta por una persona que no sea su titular puede constituir un uso indebido o fraudulento y dar lugar a las responsabilidades correspondientes.
RECUERDA
La tarjeta de accesibilidad facilita la movilidad y autonomía de las personas con discapacidad. Su utilización responsable garantiza que las plazas reservadas estén disponibles para quienes realmente las necesitan.
Si tienes alguna duda sobre el uso de tu tarjeta o detectas un posible uso fraudulento, puedes contactar con la Policía Local de Ciudad Real a través del teléfono 092.
MULTAS DE TRÁFICO: INFORMACIÓN, PAGO Y ALEGACIONES
¿Ha recibido una denuncia de tráfico? En esta sección encontrará información sobre cómo consultar la denuncia, realizar el pago, presentar alegaciones o comunicar quién conducía el vehículo en el momento de la infracción.
Importante: Lea detenidamente el reverso de la notificación que ha recibido. En él encontrará información específica sobre el inicio del procedimiento, los plazos, las formas de pago, los recursos y, cuando corresponda, los puntos que pueden ser objeto de detracción.
1.
CONSULTE LA INFORMACIÓN DE LA DENUNCIA
La notificación de la denuncia contiene la información necesaria para conocer:
- El hecho denunciado y la normativa infringida.
- El importe de la sanción.
- El plazo y las condiciones para acogerse al pago voluntario con reducción.
- La posibilidad de formular alegaciones.
- Los posibles puntos a detraer del permiso de conducción, cuando corresponda.
- Los recursos que pueden interponerse y los plazos establecidos.
Lea atentamente toda la notificación antes de decidir cómo proceder.
2.
PAGO DE LA MULTA CON REDUCCIÓN DEL 50 %
De acuerdo con el artículo 94 de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, el importe de la sanción puede abonarse con una reducción del 50 %, siempre que el pago voluntario se realice dentro de los 20 días naturales siguientes al día de la notificación de la denuncia.
¿Qué implica pagar con la reducción?
El pago voluntario con reducción supone:
- La reducción del 50 % del importe de la sanción.
- La renuncia a formular alegaciones. Si se presentan, se tendrán por no formuladas.
- La terminación del procedimiento sancionador el día en que se efectúe el pago, sin necesidad de resolución expresa.
- El agotamiento de la vía administrativa.
- La posibilidad de recurrir únicamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo.
- El inicio del plazo para interponer dicho recurso al día siguiente del pago.
- La firmeza de la sanción en vía administrativa desde el momento del pago, produciendo plenos efectos desde el día siguiente.
Además, cuando se trate de infracciones graves que no lleven aparejada la pérdida de puntos, la sanción no computará como antecedente en el Registro de Conductores e Infractores.
Antes de realizar el pago con reducción, tenga en cuenta que este sistema implica renunciar a presentar alegaciones.
3.
PAGAR LA MULTA POR INTERNET
Puede realizar el pago de la denuncia a través del Portal Tributario del Ayuntamiento de Ciudad Real.
Acceso al pago online
- Acceda a la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Ciudad Real.
- Entre en el Portal Tributario.
- Seleccione la opción Pago Online.
- Seleccione la entidad bancaria disponible.
- Introduzca los datos de la denuncia que le sean solicitados.
- Siga las instrucciones que aparecen en pantalla hasta completar el pago.
También puede acceder directamente al:
Portal Tributario del Ayuntamiento de Ciudad Real
Recuerde: si desea beneficiarse de la reducción del 50 %, el pago debe realizarse dentro del plazo de 20 días naturalesestablecido legalmente.
4.
QUIERO PRESENTAR ALEGACIONES
Si no está conforme con la denuncia, puede presentar alegaciones y proponer o aportar las pruebas que considere oportunas dentro del plazo de 20 días naturales, contados desde el día siguiente al de la notificación. Así lo establece el artículo 95 de la Ley sobre Tráfico.
Formulario de alegaciones
Puede utilizar el formulario oficial de:
Alegaciones a multas de tráfico
¿Dónde puedo presentar las alegaciones?
Por vía telemática
A través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Ciudad Real, utilizando el sistema de identificación o firma electrónica que corresponda.
El Ayuntamiento dispone actualmente del trámite específico «Alegaciones multas de Tráfico» dentro de su Sede Electrónica.
Presencialmente
Puede presentar el escrito en el Registro General del Ayuntamiento, de acuerdo con los medios y horarios de atención establecidos.
Para determinados trámites puede ser necesario solicitar:
Cita previa del Ayuntamiento de Ciudad Real
Por correo postal
También podrá presentar el escrito mediante correo postal dirigido al órgano competente, indicando claramente el número de expediente o boletín de denuncia.
Asimismo, cuando resulte aplicable, podrá presentar su escrito en cualquiera de los registros públicos habilitados legalmente para su remisión al Ayuntamiento.
Importante: Si presenta alegaciones, no realice el pago voluntario con reducción, ya que este pago implica la renuncia a formular alegaciones.
5.
YO NO CONDUCÍA EL VEHÍCULO
Si usted es la persona titular del vehículo pero no era quien conducía en el momento de la infracción, deberá comunicar los datos de la persona que conducía al órgano competente para la gestión del expediente.
Es importante realizar esta comunicación dentro del plazo indicado en la propia notificación y aportar correctamente los datos solicitados.
La comunicación puede realizarse por vía telemática a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Ciudad Real.
Dentro de los trámites municipales se encuentra el Registro Telemático / Instancia General, desde el que podrá presentar la documentación correspondiente mediante identificación electrónica.
Recuerde: Comunicar correctamente quién conducía permite dirigir el procedimiento sancionador contra la persona que corresponda.
6.
¿DÓNDE PUEDO OBTENER INFORMACIÓN?
Para realizar consultas relacionadas con la gestión y recaudación de multas, puede contactar con la Oficina de Recaudación del Ayuntamiento de Ciudad Real:
926 21 68 89
Horario de atención: Consulte el horario vigente en los canales oficiales del Ayuntamiento.
La información actualmente publicada por el Ayuntamiento identifica este teléfono como contacto de la Oficina de Gestión Tributaria/Recaudación.
EN RESUMEN
Si usted está conforme con la denuncia puede pagar voluntariamente y, si está dentro de plazo, beneficiarse de la reducción del 50 %.
Si usted no está conforme puede presentar alegaciones dentro del plazo de 20 días naturales.
Si usted no conducía el vehículo, debe comunicar los datos de la persona conductora en el plazo indicado. Necesita información Contactar con la Oficina de Recaudación.
IMPORTANTE
Antes de pagar o presentar alegaciones, lea detenidamente la notificación de la denuncia y compruebe los plazos aplicables a su expediente.
Los plazos administrativos son esenciales para ejercer correctamente sus derechos.
MOLESTIAS POR RUIDO DE UN LOCAL PRÓXIMO
El equipo musical de un local cercano provoca molestias y no me permite descansar. ¿Qué puedo hacer?
Si el ruido procedente de un equipo musical, actividad o establecimiento cercano le impide descansar o afecta a su tranquilidad, puede poner estos hechos en conocimiento de la Policía Local de Ciudad Real.
Las actividades y establecimientos deben respetar los límites y condiciones establecidos en la normativa municipal sobre contaminación acústica y medio ambiente. Cuando se producen molestias que pudieran superar los niveles permitidos o incumplir las condiciones de funcionamiento del establecimiento, pueden realizarse las comprobaciones correspondientes.
¿Qué debo hacer?
1. Comuníquelo a la Policía Local
Cuando las molestias se estén produciendo, puede contactar con la Policía Local de Ciudad Real a través del teléfono 092, especialmente si el ruido está afectando de forma significativa al descanso o a la convivencia.
2. Facilite la información necesaria
Cuando contacte con los agentes, indique, en la medida de lo posible:
- La dirección exacta del establecimiento o lugar de procedencia del ruido.
- El tipo de actividad que genera las molestias.
- Desde cuándo se producen y con qué frecuencia.
- El horario aproximado en el que se producen.
- Si se trata de música, equipos de sonido, voces, maquinaria u otras fuentes de ruido.
- Cualquier otra circunstancia que pueda ayudar a identificar el origen de las molestias.
3. Si las molestias son reiteradas, registre los episodios
Anote las fechas, horarios y duración aproximada de los episodios de ruido. Esta información puede resultar útil para poner de manifiesto la reiteración de las molestias.
¿Qué puede hacer la Policía Local?
Cuando se recibe un aviso por molestias de ruido, los agentes pueden realizar las comprobaciones que correspondan y, cuando proceda, adoptar las medidas previstas en la normativa aplicable.
En determinados supuestos pueden llevarse a cabo mediciones acústicas u otras actuaciones para comprobar si se están incumpliendo los límites o condiciones establecidos.
Recuerde
El derecho al descanso y a disfrutar de un entorno adecuado es compatible con el desarrollo de las actividades de ocio y económicas, siempre que estas se realicen respetando la normativa vigente.
Si las molestias son graves o se están produciendo en ese momento, no es necesario esperar a que finalicen para comunicar la situación.
POLICÍA LOCAL DE CIUDAD REAL — 092
Ante molestias por ruido, comuníquelo.
La colaboración ciudadana facilita la actuación de los servicios municipales y contribuye a mejorar la convivencia en nuestra ciudad.
ACCESO A CALLES PEATONALES Y ZONA CIUDAD REAL SALUDABLE
Las calles y zonas peatonales de Ciudad Real están destinadas prioritariamente al uso y disfrute de los peatones. El acceso de vehículos está permitido únicamente en los supuestos autorizados y bajo las condiciones establecidas por la normativa municipal.
La Zona Ciudad Real Saludable (ZCRS) coincide con el ámbito peatonal y dispone de sistemas de control de acceso mediante lectura de matrículas en determinados puntos. Para acceder con un vehículo, cuando sea necesario, deberá disponer de la correspondiente autorización.
ACCESO EXCEPCIONAL A UNA CALLE PEATONAL
El acceso a una calle peatonal por una causa excepcional y de urgente necesidad únicamente se autorizará cuando las circunstancias lo justifiquen y no sea posible realizar la actuación durante los horarios ordinarios de carga y descarga.
Horario de carga y descarga
De 08:00 a 11:00 horas y de 16:00 a 18:00 horas.
Consulte el horario de carga y descarga en calles peatonales.
Importante: El horario y las condiciones de acceso pueden estar sujetos a la señalización existente y a la autorización concreta. Respete siempre la señalización y las indicaciones de los agentes.
ACCESO A CALLES PEATONALES CON CONTROL POR CÁMARA
Si necesita acceder a una calle peatonal con control de acceso mediante cámara por motivos como:
-
Ceremonias y celebraciones.
-
Obras.
-
Averías o servicios técnicos.
-
Mudanzas.
-
Ocupaciones de la vía pública.
-
Acceso a establecimientos de alojamiento.
-
Servicios sanitarios.
-
Atención a personas con movilidad reducida.
- Otros supuestos especiales.
deberá realizar previamente la gestión correspondiente a través de la Plataforma ZBE Ciudad Real.
¿Cómo solicitar el acceso?
1. Regístrese en la Plataforma ZBE Ciudad Real
Acceder a la Plataforma ZBE Ciudad Real
2. Acceda a «Ciudad Real Saludable»
Una vez registrado e identificado, acceda al apartado correspondiente a la Zona Ciudad Real Saludable (ZCRS).
3. Seleccione «Casos especiales»
Dentro de la plataforma, seleccione el supuesto que corresponda a su necesidad y siga las instrucciones que aparecen en pantalla.
Acceder a Ciudad Real Saludable – Casos especiales
4. Aporte la documentación requerida
Dependiendo del tipo de autorización, el sistema le indicará la documentación que debe aportar.
Recomendación: Realice la solicitud con suficiente antelación, especialmente cuando se trate de obras, mudanzas, celebraciones, eventos u otras actuaciones programadas.
GUÍA DE REGISTRO EN LA PLATAFORMA ZBE
Para facilitar el procedimiento, puede consultar y descargar la:
Guía gráfica para acceder y registrarse en la Plataforma ZBE
También puede consultar el:
Documento de preguntas frecuentes sobre la Plataforma ZBE
¿QUÉ ES LA PLATAFORMA ZBE CIUDAD REAL?
La Plataforma ZBE Ciudad Real es el sistema municipal destinado a gestionar los accesos y autorizaciones relacionados con:
- Zona Ciudad Real Saludable (ZCRS).
- Zona para Episodios de Contaminación Ambiental (ZECA).
- Distribución Urbana de Mercancías (DUM).
La ZCRS tiene carácter permanente y prioritariamente peatonal. El acceso de vehículos se regula mediante autorizaciones específicas y condiciones determinadas para cada colectivo o situación.
¿CÓMO ME REGISTRO?
Para solicitar una autorización es necesario disponer de una cuenta en la Plataforma ZBE.
1. Acceda a la plataforma
2. Cree su cuenta
Si dispone de certificado electrónico, podrá identificarse mediante dicho sistema.
Si no dispone de certificado, seleccione la opción «Regístrese» y cumplimente los datos solicitados.
Los campos marcados con asterisco (*) son obligatorios.
3. Complete sus datos
Una vez cumplimentados los datos solicitados, continúe por las diferentes pantallas:
Datos personales → Información adicional → Vehículos → Finalizar registro
4. Registre su vehículo
Puede registrar el vehículo durante el proceso de alta o hacerlo posteriormente.
Introduzca los datos solicitados y pulse «Guardar».
5. Active su cuenta
Una vez finalizado el registro, recibirá en su correo electrónico las instrucciones necesarias para acceder a la plataforma.
En el primer acceso, el sistema puede solicitarle que cambie la contraseña.
Consejo: Compruebe que la dirección de correo electrónico introducida durante el registro es correcta, ya que será utilizada para las comunicaciones del sistema.
¿QUÉ TIPOS DE AUTORIZACIONES EXISTEN?
La Plataforma ZBE contempla diferentes autorizaciones en función de las circunstancias de cada persona, vehículo o actividad.
Residentes
Para personas empadronadas en una vía incluida en la Zona Ciudad Real Saludable que sean titulares del vehículo.
Garajes
Garaje en propiedad
Para personas que, sin ser residentes en la zona, sean titulares de un garaje situado en la ZCRS.
Garaje en alquiler
Para quienes puedan acreditar el derecho de uso de un garaje situado en la ZCRS.
Segunda vivienda
Segunda vivienda en propiedad
Para quienes tengan su domicilio habitual fuera de la ZCRS y sean titulares de una vivienda situada dentro de ella.
Segunda vivienda en alquiler
Para quienes tengan su domicilio habitual fuera de la ZCRS y acrediten el alquiler de una vivienda situada en la zona.
Comercial y profesional
Para titulares de establecimientos comerciales o profesionales autorizados, abiertos al público y situados en la ZCRS.
Distribución urbana de mercancías
Para vehículos comerciales o industriales destinados al transporte y distribución de mercancías, de acuerdo con las condiciones establecidas por la normativa municipal.
Casos especiales
La normativa contempla autorizaciones específicas para determinadas situaciones, entre ellas:
- Servicios sanitarios y de emergencia.
- Establecimientos de alojamiento.
- Personas mayores con limitaciones de movilidad.
- Personas con movilidad reducida.
- Eventos y celebraciones.
- Servicios técnicos.
- Obras y actividades autorizadas.
- Mudanzas y otras actuaciones puntuales.
- Autorizaciones provisionales o extraordinarias.
Las condiciones de acceso, horarios, número de vehículos y duración de las autorizaciones dependerán de cada supuesto.
¿CÓMO SOLICITO UNA AUTORIZACIÓN?
Una vez que haya iniciado sesión en la plataforma:
PASO 1 · BENEFICIARIO
Compruebe los datos de la persona que realiza la solicitud y pulse «Siguiente».
PASO 2 · VEHÍCULO
Seleccione el vehículo para el que desea solicitar la autorización.
Si todavía no lo ha registrado, podrá añadirlo introduciendo los datos solicitados.
PASO 3 · AUTORIZACIÓN
Seleccione el tipo de autorización que corresponda a su situación.
El sistema le mostrará las opciones disponibles según el área y el colectivo seleccionado.
Cuando sea necesario establecer un horario, seleccione «Añadir horario» y complete los datos solicitados.
PASO 4 · DOCUMENTACIÓN
El sistema indicará qué documentos son obligatorios.
Seleccione el tipo de documento correspondiente, adjunte el archivo y pulse «Adjuntar documentación».
Repita el proceso hasta completar toda la documentación requerida.
PASO 5 · CONFIRMACIÓN
Compruebe los datos de la solicitud.
Si todo es correcto, acepte la Política de Privacidad y pulse «Finalizar».
Importante: La autorización no debe darse por concedida hasta que el procedimiento haya sido correctamente tramitado y la autorización resulte efectiva conforme a las condiciones establecidas.
OTROS TRÁMITES Y DOCUMENTOS
También puede consultar o descargar los siguientes documentos:
Solicitud de tarjeta para acceso a calles peatonales
Solicitud de acceso por calle General Rey para residentes y garajes
Solicitud de cambio de vehículo autorizado para acceso a zonas peatonales
Plano de ubicación de las calles peatonales y puntos de control
Ordenanzas de Movilidad del Ayuntamiento de Ciudad Real
RECUERDE
LA PRIORIDAD ES DEL PEATÓN
En las zonas peatonales:
Peatones primero
Solo vehículos autorizados
Respete los controles de acceso
Cumpla los horarios establecidos
Lleve a cabo los trámites antes de acceder
Respete siempre la señalización y las indicaciones de los agentes
La circulación de los vehículos autorizados debe realizarse respetando las condiciones de la autorización y las normas específicas de la zona. En la ZCRS, la velocidad máxima es de 20 km/h, salvo que la señalización establezca otra, y los conductores deben dar prioridad de paso a los peatones.
INFORMACIÓN
Área de Movilidad del Ayuntamiento de Ciudad Real
C/ Calatrava, 47 — 13003 Ciudad Real
926 21 10 44 — Ext. 771 / 779
areademovilidad@ayto-ciudadreal.es
ACCESOS DIRECTOS
- TARJETA para uso de calles peatonales.
- Paso por calle General Rey (residentes y garajes).
- Cambio de vehículo autorizado para acceso a calles peatonales.
OCUPACIÓN DE LA VÍA PÚBLICA POR OBRAS, MUDANZAS Y CORTES DE CALLE
¿Necesita ocupar parte de la vía pública para realizar una mudanza, obras, descarga de materiales u otra actuación? ¿Necesita cortar una calle al tráfico?
A continuación encontrará los pasos y requisitos que debe tener en cuenta antes de realizar la ocupación.
Importante: La ocupación de la vía pública requiere la correspondiente autorización municipal. Realice los trámites con suficiente antelación y no ocupe el espacio hasta disponer de la autorización que corresponda.
1.
¿CÓMO SOLICITO LA OCUPACIÓN?
La solicitud deberá presentarse con una antelación mínima de 48 horas, en días laborables, y podrá realizarse:
Por Registro Telemático
A través del Registro Telemático del Ayuntamiento de Ciudad Real.
La presentación telemática será obligatoria para las personas jurídicas, de acuerdo con la normativa aplicable.
Presencialmente
En la Oficina de Registro Municipal:
C/ Postas, 8 — Ciudad Real
La solicitud presencial deberá realizarse dentro del horario de atención correspondiente.
2.
AUTORIZACIÓN MUNICIPAL
Cuando la ocupación esté relacionada con obras, actuaciones urbanísticas o infraestructuras, deberá haberse obtenido previamente la autorización municipal correspondiente del departamento competente.
La resolución o autorización concedida deberá incorporarse a la solicitud presentada en el Registro Telemático cuando corresponda.
No debe confundirse la autorización de la obra o actuación con la autorización para ocupar la vía pública. Son trámites que pueden corresponder a departamentos municipales diferentes.
3. ¿HAY QUE PAGAR UNA TASA?
La existencia de una tasa dependerá del tipo de ocupación y de la actuación realizada.
Obras
La ocupación vinculada a determinadas obras estará sujeta al régimen fiscal que corresponda en cada caso.
Mudanzas
La ocupación de la vía pública por mudanzas está sujeta al pago de la tasa fiscal municipal correspondiente.
El justificante del pago deberá incorporarse a la solicitud cuando así proceda.
Puede consultar las Ordenanzas Fiscales del Ayuntamiento de Ciudad Real.
Antes de realizar el trámite, compruebe si su actuación está sujeta a tasa y el importe que corresponda.
4. ¿QUIÉN COLOCA LAS SEÑALES PARA RESERVAR EL ESPACIO?
Cuando se autorice una ocupación que requiera reservar previamente el espacio de estacionamiento, la señalización correspondiente será instalada por el Servicio de Señalización Vial del Ayuntamiento de Ciudad Real, conforme al procedimiento establecido.
La señalización se realizará mediante señales reglamentarias de estacionamiento prohibido y, cuando proceda, los elementos complementarios autorizados.
¿Cuándo se colocará?
La señalización deberá estar instalada con la antelación establecida por el Ayuntamiento, de forma que pueda advertirse a las personas conductoras de la prohibición de estacionamiento.
No coloque por su cuenta señales o elementos que puedan inducir a error sobre una prohibición de estacionamiento. Utilice únicamente la señalización y los elementos autorizados.
5. EL DÍA DE LA OCUPACIÓN HAY VEHÍCULOS ESTACIONADOS
Si el espacio ha sido correctamente señalizado y, llegado el momento autorizado, continúan estacionados vehículos en la zona reservada, no intente retirarlos por sus propios medios.
Llame al 092 — Policía Local
Los agentes comprobarán la señalización y la autorización de la ocupación y, cuando proceda, adoptarán las medidas necesarias respecto de los vehículos que incumplan la prohibición de estacionamiento.
Recomendación: No mueva, bloquee ni manipule los vehículos estacionados. La retirada de vehículos corresponde a los servicios municipales competentes.
6. ¿NECESITO CORTAR UNA CALLE AL TRÁFICO?
Si, además de ocupar la vía pública, necesita impedir temporalmente la circulación de vehículos, deberá solicitar la correspondiente autorización para el corte de la vía.
Deberá seguir el procedimiento establecido para la ocupación de la vía pública y aportar, cuando corresponda, el justificante del pago de la tasa fiscal por corte de calle, cuyo importe dependerá de las características de la vía y del tiempo de duración del corte.
7. SEÑALIZACIÓN DE UN CORTE DE CALLE
La señalización necesaria para efectuar un corte de circulación deberá ser instalada por la persona o entidad responsable de la ocupación, de acuerdo con las condiciones establecidas en la autorización.
Deberá utilizarse exclusivamente señalización reglamentaria y adecuada a la situación.
Según las necesidades del corte, podrán ser necesarios, entre otros:
-
Vallas.
-
Conos de señalización.
-
Señales de entrada prohibida.
-
Señales de dirección obligatoria.
-
Señales de peligro por obras.
- ↔️ Señales de peligro por estrechamiento.
- Otras señales reglamentarias que resulten necesarias.
La señalización deberá garantizar la seguridad de peatones, conductores y trabajadores y cumplir las condiciones establecidas en la autorización.
ANTES DE OCUPAR LA VÍA PÚBLICA, RECUERDE
1. Solicite la autorización
Realice la solicitud con la antelación mínima establecida.
2. Obtenga los permisos necesarios
Si se trata de obras u otras actuaciones sujetas a autorización municipal, obténgala previamente.
3. Compruebe las tasas
Verifique si la ocupación o el corte de calle están sujetos al pago de tasas municipales.
4. Prepare la señalización
Utilice únicamente señalización reglamentaria y autorizada.
5. Respete el espacio reservado
No ocupe más superficie ni durante más tiempo del autorizado.
6. Si hay vehículos estacionados
Llame al 092 y permita que los agentes realicen las comprobaciones y actuaciones correspondientes.
¿NECESITA ASISTENCIA?
Policía Local de Ciudad Real — 092
Para situaciones relacionadas con vehículos estacionados en espacios previamente reservados, incidencias de tráfico o problemas de seguridad durante la ocupación, contacte con la Policía Local.
UNA OCUPACIÓN SEGURA ES RESPONSABILIDAD DE TODOS
Solicite → Autorice → Señalice → Ocupе → Finalice
Respete siempre la autorización concedida, la señalización vial y las indicaciones de los agentes.
ISLETAS DELIMITADORAS PARA PROTEGER VADOS MUNICIPALES
Protección del acceso y salida de vehículos
Cuando un inmueble dispone de un vado municipal autorizado, es importante garantizar que el espacio necesario para la entrada y salida de vehículos permanezca libre de obstáculos.
Además de la señalización horizontal del vado, puede solicitarse autorización municipal para instalar isletas delimitadoras de protección, dotadas de balizas reflectantes, destinadas a evitar que otros vehículos invadan el espacio necesario para realizar las maniobras de acceso y salida.
La instalación deberá ajustarse a las condiciones técnicas y de ubicación establecidas por el Ayuntamiento.
¿CÓMO SOLICITAR LA AUTORIZACIÓN?
La solicitud podrá realizarse:
Presencialmente
A través de la Oficina de Registro Municipal, mediante la correspondiente solicitud.
Por la sede electrónica
La solicitud deberá identificar el inmueble y el vado municipal autorizado para el que se solicita la instalación.
CONDICIONES TÉCNICAS DE LAS ISLETAS
La instalación deberá cumplir las siguientes características:
1. Características de la isleta
La isleta estará formada por una losa de hormigón armado de forma trapezoidal, con acabado de imitación de granito.
Sus dimensiones serán: 1,00 × 1,30 × 0,40 metros, con un espesor de 15 cm.
La instalación se realizará apoyada sobre tres puntos de apoyo y fijada al pavimento mediante pasadores.
Puede consultar las características y dimensiones en el:
Plano de la isleta protectora para vado (PDF)
2. Armadura y sistema de fijación
La armadura interior de la losa estará formada por una doble parrilla de 15 × 15 cm, con acero de 5 mm de diámetro.
Los pasadores de fijación tendrán:
- 12 mm de diámetro.
- 30 cm de longitud.
3. Elementos reflectantes
En la parte superior de cada isleta se instalarán:
DOS bolardos flexibles de 50 cm de altura, de color verde, provistos de elementos retrorreflectantes de color blanco.
UBICACIÓN DE LAS ISLETAS
Para garantizar que las isletas cumplan adecuadamente su función y no dificulten el acceso al inmueble, deberán colocarse respetando las siguientes distancias:
↔️ Respecto al marco del vado
Las isletas se situarán a 50 cm de cada lado del marco de la puerta del vado autorizado.
Respecto al bordillo
Deberán quedar situadas a una distancia de entre 15 y 20 cm del bordillo de la acera.
La ubicación deberá respetar en todo momento las condiciones establecidas en la autorización municipal.
¿QUIÉN DEBE INSTALARLAS Y MANTENERLAS?
La instalación de las isletas será responsabilidad de la comunidad vecinal o de la persona beneficiaria de la autorización.
Asimismo, corresponderá a la persona o entidad responsable del inmueble:
- El mantenimiento de las isletas.
- El mantenimiento de los bolardos y elementos retrorreflectantes.
- Garantizar su correcta ubicación.
- Mantenerlas en condiciones adecuadas de conservación y seguridad.
¿QUÉ OCURRE SI NO SE CUMPLEN LAS CONDICIONES?
La instalación deberá ajustarse estrictamente a las condiciones establecidas en la autorización.
En caso de detectarse incumplimientos, deficiencias, deterioros, desplazamientos o cualquier otra circunstancia que afecte a su correcta instalación o funcionamiento, se requerirá a la persona o entidad responsable para que proceda a su subsanación.
Si las deficiencias no fueran subsanadas o concurrieran las circunstancias previstas en la autorización, podrá procederse a la retirada y depósito de las isletas por los Servicios Técnicos Municipales, de acuerdo con el procedimiento correspondiente.
ANTES DE INSTALAR UNA ISLETA, RECUERDE
1. Solicite la autorización.
No instale las isletas sin disponer previamente de la autorización municipal correspondiente.
2. Respete las características técnicas.
La isleta y sus elementos deberán ajustarse a las condiciones establecidas.
3. Respete las distancias.
La ubicación respecto al vado y al bordillo debe ser la autorizada.
4. Mantenga la instalación.
La persona o entidad beneficiaria es responsable de su conservación y correcta ubicación.
5. No modifique la instalación sin autorización.
Cualquier modificación deberá ajustarse a las condiciones municipales.
DOCUMENTACIÓN TÉCNICA
DESCARGAR PLANO DE LA ISLETA PROTECTORA PARA VADO (PDF)
UN VADO LIBRE FACILITA EL ACCESO Y MEJORA LA SEGURIDAD
La correcta delimitación del espacio destinado al acceso y salida de vehículos favorece la movilidad, evita maniobras innecesarias y contribuye a mejorar la seguridad vial.
Antes de instalar cualquier elemento en la vía pública, solicite la correspondiente autorización municipal.
DRONES Y AERONAVES NO TRIPULADAS (UAS)
Información y requisitos para realizar vuelos con drones en Ciudad Real
El uso de drones o aeronaves no tripuladas (UAS) está sujeto a una normativa específica destinada a garantizar la seguridad de las operaciones, la protección de las personas y el respeto del espacio aéreo.
Antes de realizar un vuelo, es responsabilidad de la persona operadora comprobar que cumple los requisitos exigibles y que la operación está permitida en la zona y condiciones previstas.
NORMATIVA SOBRE DRONES
Consulte la normativa aplicable al uso de drones y aeronaves no tripuladas en España:
ACCEDER A LA NORMATIVA SOBRE DRONES
Importante: La normativa puede establecer requisitos diferentes dependiendo, entre otros factores, del tipo de aeronave, las características de la operación, el lugar del vuelo y la categoría de la operación.
REQUISITOS PARA REALIZAR VUELOS DE DRON
Cuando el vuelo requiera autorización o comunicación ante el Ayuntamiento de Ciudad Real, deberá realizarse previamente la correspondiente petición a través de la Oficina de Registro Municipal, aportando la documentación requerida.
Una vez presentada la solicitud, deberá formalizarse el condicionado para sistemas de aeronaves no tripuladas (UAS)o documento equivalente ante la Jefatura de la Policía Local, cuando así proceda.
La documentación podrá entregarse:
Presencialmente
En la Oficina de Registro Municipal, sita en C/ Postas nº 8 (EDIFICIO MERCADO).
Por sede electrónica
CONSULTAR LOS REQUISITOS Y CONDICIONES PARA VUELOS DE UAS
Recomendación: Realice las gestiones con suficiente antelación. La presentación de una solicitud no implica por sí misma que la operación pueda realizarse hasta que se hayan obtenido las autorizaciones que, en su caso, sean necesarias.
COMPRUEBE DÓNDE PUEDE VOLAR
Antes de iniciar cualquier operación, debe comprobar las zonas geográficas de UAS y las posibles restricciones existentes en el lugar y momento en que pretende realizar el vuelo.
Estas restricciones pueden afectar a determinadas zonas por razones relacionadas con:
- Seguridad aérea.
- Aeropuertos y aeródromos.
- Infraestructuras.
- Espacios naturales.
- Seguridad pública.
- Protección de determinados lugares o actividades.
- Otras limitaciones establecidas por la normativa.
CONSULTAR LA GUÍA DE REQUISITOS Y LIMITACIONES AL VUELO DE UAS (AESA)
PLANIFIQUE SU VUELO CON ENAIRE DRONES
Una herramienta fundamental antes de realizar una operación es ENAIRE Drones, el sistema oficial de información aeronáutica que permite consultar las zonas geográficas de UAS y sus restricciones y planificar las operaciones.
Antes de despegar, compruebe siempre las condiciones y restricciones vigentes para el lugar concreto donde pretende realizar el vuelo.
INTERVENCIÓN DE LA POLICÍA LOCAL
La Policía Local podrá intervenir dentro de sus competencias cuando una operación con drones pueda afectar a la seguridad ciudadana, la seguridad vial, el uso de espacios públicos o el normal desarrollo de actividades y eventos.
La persona operadora deberá poder acreditar, cuando sea requerido, el cumplimiento de las condiciones y autorizaciones que resulten exigibles.
ANTES DE DESPEGAR, RECUERDE
1. CONOZCA LA NORMATIVA
Compruebe qué requisitos son aplicables a su operación.
2. COMPRUEBE LA ZONA
Consulte las restricciones y condiciones existentes en ENAIRE Drones.
3. COMPRUEBE SI NECESITA AUTORIZACIÓN
No todas las operaciones tienen los mismos requisitos.
4. REALICE LOS TRÁMITES
Cuando proceda, presente previamente la documentación y solicitudes correspondientes.
5. RESPETE LAS CONDICIONES DEL VUELO
Cumpla las limitaciones establecidas para la operación autorizada.
6. PROTEJA A LAS PERSONAS
Evite cualquier operación que pueda poner en riesgo a personas, bienes o infraestructuras.
7. RESPETE LA PRIVACIDAD
La captación de imágenes mediante drones debe realizarse respetando la normativa aplicable en materia de protección de datos, intimidad y derechos fundamentales.
VUELE DE FORMA SEGURA Y RESPONSABLE
INFÓRMESE → PLANIFIQUE → COMPRUEBE → AUTORICE → VUELE CON SEGURIDAD
Antes de poner su dron en el aire, compruebe siempre la normativa, las restricciones de la zona y los requisitos aplicables a su operación.
ENAIRE DRONES – Página web oficial que te permite planificar el vuelo de tu dron en forma segura.
OBJETOS PERDIDOS Y ENCONTRADOS
¿Ha perdido un objeto en Ciudad Real?
Si cree que puede haber sido encontrado y entregado a la Policía Local, puede comprobarlo fácilmente antes de desplazarse a nuestras dependencias.
¿CÓMO PUEDO COMPROBAR SI HAN ENCONTRADO MI OBJETO?
Por teléfono
Llame al:
926 21 10 44 — Extensión 750
Facilite, en la medida de lo posible, una descripción del objeto perdido y cualquier dato que permita identificarlo.
El personal encargado le informará sobre si existe algún objeto depositado en Objetos Perdidos que pueda corresponder con el que busca.
Presencialmente
También puede acudir a las dependencias de la Policía Local de Ciudad Real:
C/ Calatrava, 47 — Ciudad Real
Recomendación: Antes de desplazarse, es aconsejable realizar la consulta telefónicamente para comprobar si el objeto ha sido entregado y se encuentra depositado.
SI HA PERDIDO UN OBJETO
Cuando contacte con la Policía Local, procure facilitar toda la información que pueda ayudar a identificarlo:
- Tipo de objeto.
- Marca y modelo.
- Color, tamaño o características particulares.
- Número de serie, IMEI u otro elemento identificativo, cuando exista.
- Lugar aproximado donde cree que lo perdió.
- Fecha y hora aproximada.
- Cualquier otra característica que permita acreditar que es de su propiedad.
En el caso de documentación personal, teléfonos móviles, llaves, carteras u objetos de especial valor, facilite todos los datos identificativos que pueda aportar.
SI ENCUENTRA UN OBJETO PERDIDO
Si encuentra un objeto que aparentemente ha sido perdido por otra persona, no se lo apropie ni lo abandone.
La legislación civil establece que quien encuentra una cosa mueble debe restituirla a su anterior poseedor y, cuando este no sea conocido, entregarla a la autoridad correspondiente del lugar donde se haya producido el hallazgo.
Por ello, si encuentra un objeto perdido en la vía pública, puede entregarlo a la Policía Local, facilitando, si es posible, información sobre el lugar y las circunstancias del hallazgo.
Importante
Un objeto encontrado no pasa automáticamente a ser propiedad de quien lo encuentra.
La normativa establece un procedimiento específico para estos casos y unos plazos determinados para que su legítimo propietario pueda recuperarlo.
¿QUÉ DICE LA LEY SOBRE LOS OBJETOS ENCONTRADOS?
El artículo 615 del Código Civil establece el procedimiento aplicable al hallazgo de cosas muebles perdidas.
En términos generales:
- Quien encuentre un objeto debe restituirlo a su anterior poseedor.
- Si el poseedor no es conocido, deberá entregarlo a la autoridad correspondiente del lugar donde se haya producido el hallazgo.
- Se establece un procedimiento de publicidad del hallazgo para facilitar que su propietario pueda recuperarlo.
- Si transcurre el plazo legal sin que aparezca su propietario, se aplicarán las consecuencias previstas en la legislación civil.
CONSULTAR EL ARTÍCULO 615 DEL CÓDIGO CIVIL (BOE)
¿TIENE ALGÚN DERECHO LA PERSONA QUE ENCUENTRA EL OBJETO?
Sí. La legislación civil contempla determinados derechos del hallador, entre ellos los relacionados con los gastos y perjuicios ocasionados por la conservación y entrega del objeto, así como, en determinadas circunstancias, el derecho previsto legalmente sobre el hallazgo.
Estos derechos están sujetos a las condiciones establecidas en el Código Civil.
CONSULTAR EL CÓDIGO CIVIL (BOE)
DOCUMENTACIÓN Y OBJETOS CON DATOS PERSONALES
Si encuentra:
-
DNI, NIE o pasaporte.
-
Tarjetas bancarias.
-
Teléfonos móviles.
-
Llaves.
-
Carteras o bolsos.
-
Documentación personal.
evite manipular innecesariamente su contenido y entréguelo a la autoridad competente.
Los objetos que contienen información personal pueden estar sujetos, además, a la normativa sobre protección de datos y privacidad.
¿CUÁNTO TIEMPO DEBO ESPERAR PARA PREGUNTAR?
No es necesario esperar.
Si ha perdido un objeto, puede contactar con la Policía Local para comprobar si ya ha sido entregado.
En ocasiones, el objeto puede tardar algún tiempo en ser depositado, por lo que, si inicialmente no aparece, puede volver a realizar la consulta posteriormente.
INFORMACIÓN
Policía Local de Ciudad Real
926 21 10 44 — Ext. 750
C/ Calatrava, 47 — Ciudad Real
SI LO PIERDE → CONSÚLTENOS
SI LO ENCUENTRA → ENTRÉGUELO
Un objeto perdido puede tener un gran valor para quien lo está buscando.
Ayudamos a devolver lo perdido a su legítimo propietario.
¿QUÉ OBLIGACIONES TENGO COMO RESPONSABLE DE UN PERRO?
La persona responsable de un animal debe garantizar su bienestar y atender sus necesidades, evitando situaciones que puedan causar daños, sufrimiento o molestias a otras personas, animales o bienes.
Entre otras obligaciones, la Ley 7/2023 establece la necesidad de mantener una tenencia responsable, proporcionar al animal los cuidados adecuados y cumplir las obligaciones de identificación y control sanitario que resulten aplicables.
También debe evitar que el animal deposite excrementos u orines en lugares de paso habitual, como fachadas, puertas o accesos a establecimientos, procediendo a su retirada o limpieza con productos adecuados.
¿ES OBLIGATORIO REALIZAR UN CURSO PARA TENER UN PERRO?
La Ley 7/2023 establece que las personas que opten a ser titulares de perros deben acreditar la realización de un curso de formación para la tenencia de perros, cuya validez será indefinida.
La propia ley establece que el curso será gratuito y que su contenido debe determinarse reglamentariamente.
Por ello, es importante consultar la regulación vigente y los canales oficiales antes de realizar cualquier trámite.
¿ES OBLIGATORIO TENER UN SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL?
La Ley 7/2023 establece que, durante toda la vida del perro, la persona titular debe contratar y mantener en vigor un seguro de responsabilidad civil por daños a terceros, que incluya a las personas responsables del animal.
La cuantía y demás condiciones deben ajustarse a lo establecido reglamentariamente.
Además, la persona responsable del animal responde de los daños, perjuicios o molestias que pueda ocasionar a personas, otros animales, bienes, vías, espacios públicos o medio natural, conforme a la legislación aplicable.
¿QUÉ OCURRE CON LOS PERROS POTENCIALMENTE PELIGROSOS?
La regulación específica de los perros potencialmente peligrosos (PPP) continúa siendo aplicable, sin perjuicio de las novedades introducidas por la normativa de protección animal.
La normativa estatal incluye determinadas razas y tipologías en su ámbito de aplicación y también contempla como potencialmente peligrosos determinados perros atendiendo a sus características o a su comportamiento.
Entre las razas incluidas en el listado estatal se encuentran:
- Pit Bull Terrier
- Staffordshire Bull Terrier
- American Staffordshire Terrier
- Rottweiler
- Dogo Argentino
- Fila Brasileiro
- Tosa Inu
- Akita Inu
CONSULTAR EL LISTADO Y LAS CARACTERÍSTICAS DE LOS PPP
Importante: La consideración de un perro como potencialmente peligroso no depende exclusivamente de su raza. La normativa también contempla determinados supuestos relacionados con sus características
físicas o comportamiento.
Las personas responsables de estos animales deben cumplir, además, los requisitos específicos de licencia, identificación, registro, seguro y medidas de seguridad previstos en la normativa aplicable.
¿PUEDO DEJAR A MI PERRO SOLO EN CASA?
La legislación establece condiciones específicas sobre la atención y supervisión de los animales.
En particular, la Ley 7/2023 prohíbe mantener habitualmente a perros y otros animales de compañía en determinados espacios que no permitan garantizar adecuadamente su bienestar, como terrazas, balcones, azoteas, trasteros, sótanos o vehículos.
La persona responsable debe garantizar en todo momento unas condiciones adecuadas de cuidado, alojamiento, higiene y bienestar.
¿PUEDO COMPRAR UN PERRO EN UNA TIENDA DE ANIMALES?
La Ley 7/2023 establece restricciones específicas sobre la venta y comercialización de animales de compañía, incluyendo la venta de perros, gatos y hurones en establecimientos comerciales, conforme al régimen establecido por la propia ley y sus disposiciones transitorias.
La adquisición debe realizarse por los canales y en las condiciones establecidos legalmente, garantizando la identificación y trazabilidad del animal.
Antes de adquirir un animal, compruebe que quien realiza la venta o cesión cumple los requisitos legales correspondientes.
¿PUEDO CRIAR CON MI PERRA O MI PERRO?
La cría de animales de compañía está sometida a requisitos específicos.
La Ley 7/2023 establece que la cría de animales de compañía debe realizarse por personas responsables de la actividad de cría inscritas en el registro correspondiente.
La finalidad de esta regulación es favorecer una cría responsable y evitar la reproducción incontrolada y el abandono de animales.
¿PUEDO CORTARLE EL RABO O REALIZARLE OTRAS MUTILACIONES?
NO.
La Ley 7/2023 prohíbe las mutilaciones o modificaciones corporales permanentes de los animales, salvo los supuestos excepcionales previstos legalmente y cuando resulten necesarios por razones justificadas, especialmente de carácter veterinario.
Las intervenciones no justificadas destinadas únicamente a modificar la apariencia del animal no están permitidas.
¿PUEDO UTILIZAR COLLARES ELÉCTRICOS O DE CASTIGO?
NO.
La normativa prohíbe determinadas herramientas de manejo que puedan causar lesiones o sufrimiento al animal, incluyendo collares eléctricos, de impulsos, de castigo o de ahogo.
La educación y el adiestramiento deben realizarse mediante métodos compatibles con el bienestar animal.
¿PUEDO ACCEDER CON MI PERRO A ESTABLECIMIENTOS Y TRANSPORTES?
La Ley 7/2023 regula el acceso de los animales de compañía a medios de transporte, establecimientos y espacios públicos.
Como regla general, se debe facilitar el acceso de los animales que no constituyan un riesgo para personas, otros animales o bienes, siempre de acuerdo con la normativa sanitaria, sectorial y las ordenanzas municipales aplicables.
Cuando el acceso esté prohibido, dicha prohibición deberá estar debidamente señalizada, en los términos establecidos legalmente.
Hoteles y alojamientos
Los establecimientos pueden establecer las condiciones de admisión de animales dentro del marco de la legislación aplicable.
Restaurantes y establecimientos de hostelería
El acceso estará condicionado por la normativa sanitaria, sectorial y las condiciones establecidas por el propio establecimiento.
Edificios y dependencias públicas
El acceso de animales de compañía se regirá por la Ley 7/2023, las normas específicas aplicables y las correspondientes ordenanzas municipales.
Perros de asistencia: tienen un régimen específico y su acceso se encuentra protegido por su normativa propia.
¿PUEDO LLEVAR A MI PERRO SUELTO?
No se debe permitir que un animal permanezca suelto cuando pueda ocasionar daños o representar un riesgo para personas, otros animales, bienes o el medio natural.
Los ayuntamientos y otras administraciones competentes pueden establecer los espacios y condiciones en los que se permite el acceso y esparcimiento de los perros.
Por ello, antes de dejar a un perro suelto, compruebe siempre la señalización, las ordenanzas municipales y las normas específicas del lugar.
¿TENGO QUE RECOGER LOS EXCREMENTOS Y LIMPIAR LA ORINA?
SÍ.
La persona responsable debe evitar que su animal deposite excrementos y orines en lugares de paso habitual, como:
- Fachadas.
- Portales.
- Puertas de establecimientos.
- Aceras y zonas de paso.
- Otros espacios de uso habitual por la ciudadanía.
Los excrementos deben retirarse y las zonas afectadas por orines deben limpiarse con productos adecuados, conforme a la normativa aplicable.
Además, las ordenanzas municipales pueden establecer obligaciones adicionales.
IDENTIFICACIÓN Y REGISTRO
La normativa de protección animal establece medidas destinadas a mejorar la identificación y trazabilidad de los animales de compañía.
Una correcta identificación facilita:
-
Localizar a un animal perdido.
-
Identificar a su responsable.
-
Facilitar su atención veterinaria.
-
Reducir el abandono.
-
Favorecer la recuperación de animales extraviados.
La Ley 7/2023 contempla asimismo sistemas de registro e intercambio de información sobre animales de compañía.
MALTRATO Y ABANDONO
El abandono y el maltrato de animales pueden constituir infracciones administrativas y, en determinados supuestos, delitos.
La Ley 7/2023 establece un régimen específico de infracciones y sanciones, sin perjuicio de las responsabilidades civiles o penales que puedan corresponder.
Ante una situación de maltrato, abandono o riesgo grave para un animal, comuníquelo a las autoridades competentes.
Si necesita intervención policial inmediata
Policía Local de Ciudad Real — 092
Emergencias
112
NORMATIVA DE INTERÉS
Protección de los derechos y el bienestar de los animales
CONSULTAR LA LEY 7/2023, DE 28 DE MARZO, EN EL BOE
Animales potencialmente peligrosos
CONSULTAR LA LEY 50/1999
Reglamento de animales potencialmente peligrosos
CONSULTAR EL REAL DECRETO 287/2002
Normativa de Castilla-La Mancha
CONSULTAR LA NORMATIVA AUTONÓMICA SOBRE PROTECCIÓN ANIMAL
TENENCIA RESPONSABLE = BIENESTAR + CONVIVENCIA + SEGURIDAD
Tener un animal de compañía implica una responsabilidad.
Cuidarlo adecuadamente, identificarlo, prevenir su abandono, respetar a las demás personas y cumplir las normas contribuye a conseguir una convivencia segura y responsable en nuestra ciudad.
Policía Local de Ciudad Real
Seguridad · Prevención · Convivencia
PERROS POTENCIALMENTE PELIGROSOS
Requisitos, licencia y medidas de seguridad
La tenencia de determinados perros potencialmente peligrosos (PPP) está sujeta a requisitos específicos destinados a garantizar la seguridad de las personas, otros animales y los bienes.
La normativa exige, entre otras cuestiones, disponer previamente de la licencia administrativa para la tenencia de animales potencialmente peligrosos. Esta licencia es personal e intransferible y debe obtenerse antes de la tenencia del animal.
¿CÓMO SOLICITAR LA LICENCIA?
La solicitud de licencia para la tenencia de perros potencialmente peligrosos puede realizarse por vía telemática o presencialmente, conforme a los canales habilitados por el Ayuntamiento de Ciudad Real.
Documentación
Deberá cumplimentar el:
MODELO DE SOLICITUD DE LICENCIA PARA LA TENENCIA DE PERROS POTENCIALMENTE PELIGROSOS
Con carácter general, deberá aportar la documentación requerida, entre ella:
- Documento de identidad de la persona solicitante.
- Certificado de antecedentes penales, cuando proceda.
- Certificado de capacidad física y aptitud psicológica para la tenencia de animales potencialmente peligrosos.
- Seguro de responsabilidad civil por daños a terceros, con una cobertura mínima de 120.000 €, junto con el último recibo acreditativo de su pago.
- Cartilla veterinaria del animal.
- Fotografía tamaño carnet de la persona solicitante.
- Justificante del pago de la tasa municipal, cuya cuantía actualmente figura en la documentación municipal en 106,68 €.
- La declaración responsable correspondiente incluida en el modelo de solicitud.
Importante: La documentación y los requisitos pueden actualizarse. Antes de iniciar el trámite, consulte la información oficial del Ayuntamiento de Ciudad Real.
¿DÓNDE PUEDO PRESENTAR LA SOLICITUD?
La solicitud y documentación pueden presentarse:
Por vía telemática
A través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Ciudad Real, utilizando un certificado electrónico cuando sea necesario.
De forma presencial
En las Oficinas de Registro Municipal habilitadas.
C/ Postas, nº 8 — Ciudad Real
Se recomienda solicitar cita previa antes de acudir.
926 21 10 44
TASA MUNICIPAL
La Ordenanza Fiscal A-26 regula la tasa por la expedición de la licencia administrativa para la tenencia de animales potencialmente peligrosos.
La información municipal actualmente disponible establece una cuota de: 106,68 €
La tasa se aplica tanto a la primera licencia como a su renovación, según la documentación municipal publicada.
ACCEDER A LA CARPETA TRIBUTARIA DEL AYUNTAMIENTO
MEDIDAS DE SEGURIDAD
Las personas responsables de perros potencialmente peligrosos deben adoptar las medidas de seguridad establecidas por la normativa para evitar que el animal pueda causar daños.
En la vía pública:
El perro deberá llevar collar.
Deberá ser conducido mediante una correa o cadena resistente, adecuada para mantener el control del animal en todo momento.
La persona responsable deberá adoptar las medidas necesarias para impedir que el animal pueda escapar o quedar fuera de control.
Cuando se utilice una correa extensible, deberá emplearse de forma que no se generen riesgos, molestias o daños a otras personas o animales, de acuerdo con las condiciones establecidas por la normativa
aplicable.
La normativa estatal establece además requisitos específicos para la conducción y custodia de estos animales.
LA LICENCIA ES PERSONAL
La licencia administrativa no se transmite automáticamente a otras personas.
Las personas que conduzcan o se hagan cargo de un perro potencialmente peligroso deberán cumplir los requisitos que les sean exigibles conforme a la normativa.
Por tanto:
Tener un perro potencialmente peligroso implica una responsabilidad personal y permanente.
La persona responsable debe garantizar tanto el bienestar del animal como la seguridad de las personas, otros animales y bienes.
RENOVACIÓN DE LA LICENCIA
La licencia tiene una vigencia de cinco años, según la información publicada por el Ayuntamiento de Ciudad Real, y debe renovarse cuando corresponda, acreditando nuevamente el cumplimiento de los requisitos exigidos.
No espere a que finalice la vigencia para iniciar la renovación.
RECUERDE
Antes de tener un perro potencialmente peligroso:
1. Infórmese de si el animal está sujeto a la normativa de PPP.
2. Solicite la licencia administrativa correspondiente.
3. Acredite los requisitos exigidos.
4. Contrate y mantenga vigente el seguro obligatorio.
5. Identifique correctamente al animal y cumpla sus obligaciones veterinarias.
6. Respete las medidas de seguridad durante su conducción y custodia.
7. Cumpla además la normativa autonómica y las ordenanzas municipales.
NORMATIVA DE REFERENCIA
Real Decreto 287/2002, de 22 de marzo, por el que se desarrolla la Ley 50/1999 — BOE
Ley 7/2023, de 28 de marzo, de protección de los derechos y el bienestar de los animales — BOE
Licencia de tenencia de perros potencialmente peligrosos — Ayuntamiento de Ciudad Real
Descargar solicitud de licencia PPP
TENENCIA RESPONSABLE = SEGURIDAD + BIENESTAR + CONVIVENCIA
La prevención empieza antes de adquirir el animal.
Cumplir los requisitos legales, mantenerlo correctamente identificado, garantizar su bienestar y adoptar las medidas de seguridad necesarias contribuye a una convivencia segura y responsable en Ciudad Real.
ARMAS DE 4.ª CATEGORÍA
Las armas de 4.ª categoría son aquellas accionadas por aire u otro gas comprimido que se encuentran comprendidas en los siguientes grupos:
1. Carabinas, pistolas y revólveres
- Carabinas y pistolas de tiro semiautomático o de repetición, accionadas por aire u otro gas comprimido y no asimiladas a escopetas.
- Revólveres de doble acción, accionados por aire u otro gas comprimido y no asimilados a escopetas.
2. Carabinas, pistolas y revólveres de acción simple
- Carabinas y pistolas de ánima lisa o rayada y de un solo tiro, accionadas por aire u otro gas comprimido y no asimiladas a escopetas.
- Revólveres de acción simple, accionados por aire u otro gas comprimido y no asimilados a escopetas.
DOCUMENTACIÓN NECESARIA
Para solicitar la correspondiente tarjeta de armas, deberá presentar el modelo de solicitud en la Oficina de Registro del Ayuntamiento de Ciudad Real, acompañado de la siguiente documentación:
- Factura o documento acreditativo de la compra del arma.
- Fotocopia del DNI de la persona solicitante.
- Certificado de aptitudes psicofísicas, que podrá obtenerse en un centro de reconocimiento de conductores.
- Certificado de antecedentes penales.
Consultar y solicitar el certificado de antecedentes penales.
DOCUMENTACIÓN DE LA ARMERÍA
Los impresos o tarjetas de color amarillo y blanco, debidamente cumplimentados, deberán solicitarse en la armería donde se haya adquirido el arma.
EXENCIÓN DE DOCUMENTACIÓN
Las personas que dispongan de licencia o permiso de armas de caza, en los casos en que resulte aplicable, estarán exentas de aportar la documentación correspondiente a los apartados 3 y 4, relativa al certificado de aptitudes psicofísicas y al certificado de antecedentes penales.
¿QUÉ OCURRE DESPUÉS DE PRESENTAR LA SOLICITUD?
Una vez presentada la documentación en el Registro Municipal, la Policía Local realizará las comprobaciones correspondientes sobre la documentación aportada y tramitará la expedición de la tarjeta de armas.
Finalizada la tramitación, el documento de color amarillo, que constituye la autorización o guía correspondiente para el transporte del arma, será remitido al domicilio de la persona interesada por correo postal, conforme al procedimiento establecido.
RECUERDE
Antes de adquirir o utilizar un arma de 4.ª categoría, asegúrese de conocer los requisitos legales, las condiciones de utilización y las limitaciones aplicables.
La tenencia y utilización de estas armas está sometida a la normativa estatal sobre armas y a las disposiciones municipales que resulten de aplicación.
Para cualquier duda sobre la documentación o la tramitación, consulte previamente con la Policía Local o con el Ayuntamiento de Ciudad Real.
GUÍA DE PROTECCIÓN DE DATOS PARA LA CIUDADANÍA
Proteja sus datos personales y su privacidad
Nuestros datos personales forman parte de nuestra vida cotidiana. Los facilitamos al realizar trámites, utilizar servicios públicos y privados, comprar por Internet, utilizar aplicaciones o participar en redes sociales.
Conocer cómo se utilizan nuestros datos, qué derechos tenemos y cómo podemos proteger nuestra información personal es fundamental para preservar nuestra privacidad y disfrutar de un entorno digital más seguro.
¿QUÉ SON LOS DATOS PERSONALES?
Son aquellos datos que permiten identificar, directa o indirectamente, a una persona. Entre ellos se encuentran, por ejemplo, el nombre y apellidos, DNI, domicilio, teléfono, correo electrónico, fotografías, datos de localización o información relacionada con nuestra actividad en Internet.
Algunos datos requieren una protección especialmente reforzada por su naturaleza o por los riesgos que puede implicar su tratamiento.
¿CUÁLES SON SUS PRINCIPALES DERECHOS?
La normativa de protección de datos reconoce a la ciudadanía diferentes derechos frente al tratamiento de sus datos personales:
- Derecho de acceso: conocer si se están tratando sus datos y obtener información sobre dicho tratamiento.
- Derecho de rectificación: solicitar la corrección de datos personales inexactos o incompletos.
- Derecho de supresión: solicitar que sus datos sean eliminados cuando concurran las circunstancias previstas legalmente.
- Derecho de oposición: oponerse a determinados tratamientos de sus datos.
- Derecho a la limitación del tratamiento: solicitar que se limite el uso de sus datos en los supuestos establecidos por la normativa.
- Derecho a la portabilidad: recibir determinados datos personales en un formato estructurado y transmitirlos a otro responsable.
- Derecho a no ser objeto de determinadas decisiones automatizadas, incluida la elaboración de perfiles, en los términos establecidos legalmente.
El ejercicio de estos derechos es, con carácter general, gratuito, y las solicitudes deben ser atendidas normalmente en el plazo de un mes, aunque este puede ampliarse en determinadas circunstancias.
CONSEJOS PARA PROTEGER SUS DATOS
Para mejorar la seguridad de su información personal:
- Utilice contraseñas seguras y diferentes para sus principales cuentas.
- Active la autenticación multifactor cuando esté disponible.
- Evite proporcionar datos personales a personas o entidades cuya identidad no pueda verificar.
- Revise los permisos de las aplicaciones instaladas en sus dispositivos.
- Mantenga actualizados el sistema operativo y las aplicaciones.
- Extreme las precauciones ante correos electrónicos, mensajes o llamadas que soliciten información personal, contraseñas o datos bancarios.
- Evite publicar en Internet información que pueda comprometer su privacidad o seguridad.
- Realice periódicamente copias de seguridad de la información importante.
- Cuando utilice redes Wi-Fi públicas, extreme las precauciones al acceder a servicios que contengan información sensible.
PROTECCIÓN DE DATOS EN INTERNET Y REDES SOCIALES
Antes de publicar una fotografía, vídeo o cualquier información sobre otra persona, valore las consecuencias y respete su privacidad.
Preste especial atención a la información que comparte sobre menores, domicilio, ubicación, rutinas, viajes o documentos personales.
Recuerde que eliminar posteriormente un contenido de Internet no garantiza que haya desaparecido por completo.
¿CÓMO PUEDO EJERCER MIS DERECHOS?
Los derechos de protección de datos deben ejercerse, con carácter general, ante la persona, empresa u organismo responsable del tratamiento de sus datos.
La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) dispone de modelos y recursos para facilitar el ejercicio de estos derechos.
Si considera que sus derechos no han sido respetados, y después de haberse dirigido previamente al responsable del tratamiento cuando sea necesario, puede presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos.
INFORMACIÓN Y RECURSOS
Agencia Española de Protección de Datos (AEPD)
Consulte sus guías, preguntas frecuentes, modelos para ejercer derechos y recursos dirigidos a la ciudadanía.
GUÍA DE PROTECCIÓN DE DATOS PARA LA CIUDADANÍA – AEPD
EJERZA SUS DERECHOS DE PROTECCIÓN DE DATOS
PREGUNTAS FRECUENTES DE LA AEPD
UNA CIUDADANÍA INFORMADA ES UNA CIUDADANÍA MÁS PROTEGIDA
La protección de nuestros datos personales no depende únicamente de la tecnología. Conocer nuestros derechos, actuar con prudencia y proteger la información que compartimos son herramientas esenciales para preservar nuestra privacidad.
Proteja sus datos. Cuide su privacidad. Utilice Internet con seguridad.
SEGURIDAD EN LA RED
Proteja su información y su privacidad
Nuestros teléfonos móviles, ordenadores y otros dispositivos almacenan una gran cantidad de información personal y sensible: fotografías, documentos, conversaciones, datos bancarios, contraseñas y otra información privada.
Adoptar unas sencillas medidas de seguridad puede ayudar a proteger nuestros datos frente a accesos no autorizados, pérdidas o robos.
¿POR QUÉ ES IMPORTANTE CIFRAR LA INFORMACIÓN?
El cifrado convierte la información en un formato que no puede ser interpretado sin disponer de la correspondiente clave de descifrado. De esta forma, contribuye a proteger la confidencialidad y privacidad de nuestros datos, incluso si un dispositivo o soporte de almacenamiento cae en manos de terceros.
El cifrado puede aplicarse a:
-
Teléfonos móviles y tabletas.
-
Ordenadores.
-
Archivos, carpetas y documentos.
-
Memorias USB y discos externos.
-
Información almacenada en servicios en la nube.
APRENDA A PROTEGER SUS DISPOSITIVOS
El Instituto Nacional de Ciberseguridad (INCIBE) ofrece información y recursos prácticos para aprender a proteger y cifrar nuestros datos en diferentes dispositivos y sistemas operativos, como Windows, macOS, Android e iOS.
CONSULTE LA GUÍA DEL INCIBE: CÓMO CIFRAR SU INFORMACIÓN PARA PROTEGER SU PRIVACIDAD
¿POR QUÉ DEBERÍA CIFRAR SUS DATOS?
El cifrado ayuda a:
- Proteger su privacidad.
- Evitar accesos no autorizados a sus archivos y dispositivos.
- Reducir los riesgos en caso de pérdida o robo de un dispositivo.
- Proteger información personal y confidencial.
- Mejorar la seguridad de la información almacenada y compartida.
CONSULTE LA INFOGRAFÍA DEL INCIBE: ¿POR QUÉ DEBERÍA CIFRAR SUS DATOS?
RECOMENDACIONES BÁSICAS DE SEGURIDAD
Además del cifrado, recuerde estas medidas:
- Utilice contraseñas robustas y diferentes para sus cuentas.
- Active la autenticación de dos factores siempre que esté disponible.
- Mantenga actualizados el sistema operativo y las aplicaciones.
- Realice copias de seguridad periódicas de sus archivos importantes.
- Descargue aplicaciones únicamente desde fuentes oficiales y de confianza.
- Evite facilitar datos personales o bancarios en páginas web que no ofrezcan garantías de seguridad.
- Proteja sus dispositivos mediante PIN, contraseña o sistemas biométricos.
UNA CIUDADANÍA DIGITAL MÁS SEGURA
La seguridad en Internet empieza por la prevención y el uso responsable de la tecnología.
Proteja sus dispositivos. Proteja sus datos. Proteja su privacidad.
CONSEJOS PARA UNA BUENA SALUD DIGITAL
Protege tu información, cuida tu privacidad y utiliza la tecnología de forma segura
Internet, las redes sociales, las aplicaciones y los dispositivos electrónicos forman parte de nuestra vida cotidiana. Utilizarlos de forma segura requiere adoptar hábitos sencillos de prevención.
Una buena salud digital significa proteger nuestros dispositivos y datos personales, cuidar nuestra privacidad, prevenir fraudes y utilizar la tecnología de manera responsable y equilibrada.
1. PROTEGE TUS CUENTAS
- Utiliza contraseñas largas, robustas y diferentes para cada servicio.
- Activa la autenticación de dos factores siempre que esté disponible.
- No compartas tus contraseñas con otras personas.
- Revisa periódicamente qué dispositivos tienen iniciada sesión en tus cuentas.
- Considera utilizar un gestor de contraseñas para almacenarlas de forma segura.
Una contraseña para cada cuenta. Una capa adicional de seguridad cuando sea posible.
2. MANTÉN SEGUROS TUS DISPOSITIVOS
Mantén actualizados el sistema operativo, las aplicaciones y los programas. Las actualizaciones corrigen vulnerabilidades que pueden ser aprovechadas por ciberdelincuentes.
Además:
- Utiliza bloqueo mediante PIN, contraseña o biometría.
- Instala aplicaciones únicamente desde fuentes oficiales y de confianza.
- Revisa los permisos que concedas a las aplicaciones.
- Elimina aquellas aplicaciones que ya no utilices.
- Activa las funciones de localización, bloqueo o borrado remoto de tus dispositivos cuando estén disponibles.
3. HAZ COPIAS DE SEGURIDAD
Realiza periódicamente copias de seguridad de tus:
Fotografías
Documentos
Contactos
Vídeos
Información importante
Una copia de seguridad puede ayudarte a recuperar tus datos ante un robo, pérdida, avería o ataque informático.
🕵️ 4. PROTEGE TU PRIVACIDAD
Antes de publicar o compartir información, piensa quién puede verla y qué consecuencias podría tener.
Evita difundir innecesariamente:
- Dirección o ubicación habitual.
- Teléfono.
- Documentación personal.
- Información bancaria.
- Contraseñas.
- Fotografías o vídeos privados.
- Información sobre rutinas, viajes o periodos en los que tu vivienda queda vacía.
Revisa periódicamente la configuración de privacidad de tus redes sociales y aplicaciones.
RECUERDA
Lo que publicas en Internet puede dejar una huella digital.
5. DESCONFÍA DE MENSAJES Y ENLACES SOSPECHOSOS
Los ciberdelincuentes pueden utilizar correos electrónicos, SMS, llamadas, mensajes de WhatsApp o redes sociales para intentar obtener tus datos.
Desconfía especialmente de mensajes que:
- Te pidan actuar con urgencia.
- Soliciten contraseñas o datos bancarios.
- Incluyan enlaces desconocidos.
- Ofrezcan premios o regalos inesperados.
- Se hagan pasar por bancos, empresas, organismos públicos o personas conocidas.
- Te amenacen con bloquear una cuenta o realizar un pago inmediato.
ANTES DE PINCHAR:
PARA → PIENSA → COMPRUEBA
No facilites información personal o bancaria sin verificar primero quién está detrás de la comunicación.
6. COMPRA DE FORMA SEGURA POR INTERNET
Antes de realizar una compra:
- Comprueba que la página web sea legítima.
- Revisa la dirección del sitio web.
- Busca información sobre el vendedor.
- Desconfía de precios extraordinariamente bajos.
- Comprueba las condiciones de compra, devolución y contacto.
- Evita realizar pagos mediante métodos que no permitan identificar adecuadamente al destinatario.
INCIBE incluye entre sus recomendaciones específicas la comprobación de tiendas, correos, SMS y llamadas fraudulentas.
7. UTILIZA CONEXIONES SEGURAS
Siempre que sea posible, utiliza redes Wi-Fi de confianza y protegidas mediante contraseña.
Cuando utilices una red pública:
- Evita realizar operaciones bancarias o introducir información especialmente sensible.
- No aceptes automáticamente redes desconocidas.
- Comprueba que las páginas utilizan conexiones seguras.
- Desactiva la conexión automática a redes Wi-Fi que no utilices.
8. PIENSA ANTES DE PUBLICAR
Antes de subir una fotografía, vídeo o comentario a Internet, pregúntate:
¿Lo publicaría si supiera que puede verlo cualquier persona?
Recuerda que una publicación puede ser copiada, descargada o compartida aunque posteriormente la elimines.
Cuida especialmente la privacidad de niños, niñas y adolescentes y evita publicar información que permita conocer sus rutinas, ubicación o datos personales.
9. ACOMPAÑA A LOS MENORES EN INTERNET
La educación digital también es prevención.
Es recomendable:
- Establecer normas familiares sobre el uso de dispositivos.
- Utilizar controles parentales adecuados a la edad.
- Hablar sobre privacidad, redes sociales y contacto con desconocidos.
- Explicar cómo identificar engaños y contenidos manipulados.
- Crear un clima de confianza para que puedan pedir ayuda ante cualquier situación incómoda.
La prevención funciona mejor cuando la tecnología se utiliza con acompañamiento y diálogo.
10. CUIDA TAMBIÉN TU BIENESTAR DIGITAL
La seguridad no consiste únicamente en evitar virus o fraudes.
También es importante utilizar la tecnología de manera equilibrada:
- Establece momentos de desconexión.
- Evita utilizar el móvil constantemente durante las comidas o reuniones.
- Respeta las horas de descanso.
- No compartas ni difundas contenidos que puedan perjudicar a otras personas.
- Utiliza las redes sociales de forma responsable.
- Si una situación digital te genera preocupación, miedo o malestar, pide ayuda.
¿QUÉ HACER SI CREES QUE HAS SIDO VÍCTIMA DE UN FRAUDE?
Actúa rápidamente:
No continúes la comunicación con el presunto estafador.
Guarda las pruebas
Conserva mensajes, correos, teléfonos, capturas de pantalla, justificantes de pago y direcciones web.
Contacta con tu banco
Si has facilitado datos bancarios o realizado un pago, comunícalo inmediatamente a tu entidad.
Protege tus cuentas
Cambia las contraseñas comprometidas y activa la autenticación de dos factores.
Solicita asesoramiento especializado
El Instituto Nacional de Ciberseguridad (INCIBE) dispone del servicio 017, Tu Ayuda en Ciberseguridad, gratuito y confidencial.
Si procede, denuncia
Ante hechos que puedan constituir un delito, recopila las pruebas y acude a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.
DECÁLOGO DE SALUD DIGITAL
PROTEGE tus cuentas.
ACTUALIZA tus dispositivos.
COPIA tus archivos importantes.
🕵️ CUIDA tu privacidad.
DESCONFÍA de mensajes sospechosos.
COMPRA únicamente en sitios de confianza.
CONÉCTATE de forma segura.
PIENSA antes de publicar.
ACOMPAÑA a los menores.
PIDE AYUDA ante cualquier incidente.
POLICÍA LOCAL DE CIUDAD REAL
La prevención también está en Internet
Proteger tus datos, reconocer un engaño y actuar con prudencia puede evitar un problema.
Para ampliar información sobre ciberseguridad, puede consultar los recursos de INCIBE – Instituto Nacional de Ciberseguridad, que ofrece guías, talleres y herramientas gratuitas para la ciudadanía.
GUÍA INFORMATIVA SOBRE ALCOHOL, DROGAS Y CONDUCCIÓN
Conducir bajo los efectos del alcohol o las drogas pone en riesgo tu vida y la de los demás
El alcohol y las drogas afectan a capacidades esenciales para conducir, como la atención, la percepción, la coordinación, el tiempo de reacción y la capacidad para tomar decisiones.
Por este motivo, la mejor opción para conducir con seguridad es no consumir alcohol ni drogas antes de ponerse al volante. Incluso con tasas de alcohol dentro de los límites legales, el riesgo de sufrir un siniestro puede aumentar.
¿CÓMO AFECTA EL ALCOHOL A LA CONDUCCIÓN?
El consumo de alcohol puede provocar:
- Disminución de la atención y la concentración.
- Mayor tiempo de reacción ante situaciones imprevistas.
- Alteraciones de la coordinación y los movimientos.
- Problemas de percepción y visión.
- Dificultad para valorar correctamente las distancias y velocidades.
- Mayor tendencia a asumir riesgos.
- Falsa sensación de seguridad y exceso de confianza.
- Mayor probabilidad de sufrir un siniestro vial.
El riesgo aumenta a medida que lo hace la concentración de alcohol en el organismo y puede verse agravado cuando se combina con otras sustancias.
IMPORTANTE
“Sentirse bien” no significa estar en condiciones de conducir.
El café, una ducha, dormir durante un rato o hacer ejercicio no eliminan rápidamente el alcohol del organismo. La eliminación del alcohol depende fundamentalmente del tiempo.
TASAS MÁXIMAS DE ALCOHOL
Con carácter general, las tasas máximas actualmente aplicables son:
Conductores en general: En sangre 0,5 g/l – En aire espirado 0,25 mg/l
Conductores profesionales: En sangre 0,3 g/l – En aire espirado 0,15 mg/l
Conductores noveles en sangre 0,3 g/l – En aire espirado 0,15 mg/l
Menores de edad en sangre 0,0 g/l – En aire espirado 0,0 mg/l
La normativa establece límites máximos, pero no existe una cantidad de alcohol que permita garantizar una conducción segura. La recomendación de seguridad vial es clara: si vas a conducir, alcohol 0,0.
DROGAS Y CONDUCCIÓN
La legislación prohíbe conducir con presencia de drogas en el organismo, con la excepción prevista para determinadas sustancias utilizadas bajo prescripción facultativa y con finalidad terapéutica, siempre que la persona se encuentre en condiciones adecuadas para conducir.
Las drogas pueden alterar gravemente las capacidades necesarias para una conducción segura. Entre las sustancias detectadas con mayor frecuencia se encuentran, entre otras, cannabis y cocaína.
No existe una “droga segura” para conducir.
El consumo puede producir:
- Alteraciones de la percepción.
- Disminución de la capacidad de concentración.
- Problemas de coordinación.
- Cambios en el tiempo de reacción.
- Somnolencia o excitación.
- Conductas impulsivas o arriesgadas.
- Alteraciones en la valoración de las distancias y velocidades.
+
ALCOHOL Y DROGAS: UNA COMBINACIÓN ESPECIALMENTE PELIGROSA
La combinación de alcohol y otras drogas puede incrementar los efectos negativos sobre la capacidad para conducir.
Los datos toxicológicos de 2025 muestran que el policonsumo continúa siendo un factor relevante: el alcohol combinado con drogas fue la combinación más habitual entre los conductores fallecidos con más de una sustancia detectada.
Si has consumido, no conduzcas.
Busca una alternativa segura:
Taxi
Transporte público
Conductor alternativo
Quédate donde estás hasta encontrarte en condiciones adecuadas para conducir.
¿CÓMO SE REALIZAN LOS CONTROLES?
Los agentes encargados de la vigilancia del tráfico pueden realizar pruebas de alcohol y drogas a los conductores en los supuestos establecidos legalmente.
En los controles de drogas se realiza inicialmente una prueba mediante muestra de saliva. Cuando el resultado indiciario es positivo, se realiza la correspondiente prueba de confirmación en laboratorio.
Los controles tienen una finalidad fundamentalmente preventiva: evitar que conductores que puedan suponer un riesgo continúen circulando.
CONSECUENCIAS ADMINISTRATIVAS
La conducción con una tasa de alcohol superior a la permitida puede constituir una infracción administrativa, con sanciones económicas y pérdida de puntos.
Como referencia, actualmente:
ConductaConsecuencia administrativaAlcohol: más de 0,25 y hasta 0,50 mg/l500 € + 4 puntosAlcohol: más de 0,50 mg/l1.000 € + 6 puntosReincidencia en determinados supuestos1.000 € + 4 o 6 puntosPresencia de drogas en el organismo1.000 € + 6 puntos
Estas consecuencias administrativas no excluyen que determinados comportamientos puedan constituir un delito contra la seguridad vial.
¿CUÁNDO PUEDE EXISTIR RESPONSABILIDAD PENAL?
El Código Penal contempla, entre otros supuestos, la conducción:
- Con una tasa de alcohol superior a 0,60 mg/l en aire espirado o 1,2 g/l en sangre.
- Bajo la influencia de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas.
- Negándose a realizar las pruebas legalmente establecidas.
Estas conductas pueden llevar aparejadas penas de prisión, multa o trabajos en beneficio de la comunidad y privación del derecho a conducir, según las circunstancias del caso.
NEGARSE A REALIZAR LAS PRUEBAS
La negativa injustificada a someterse a las pruebas legalmente establecidas de alcoholemia o drogas puede constituir un delito, con las consecuencias penales previstas en la legislación.
Por ello, ante un control policial, siga siempre las instrucciones de los agentes.
FALSOS MITOS
“Con un café se me pasa.”
FALSO. El café no elimina rápidamente el alcohol del organismo.
“Si estoy por debajo del límite, puedo conducir sin riesgo.”
FALSO. El riesgo puede aumentar incluso con tasas inferiores al límite legal.
“Una ducha fría reduce la alcoholemia.”
FALSO.
“Si conduzco despacio, no pasa nada.”
FALSO. El alcohol y las drogas pueden afectar a la percepción, atención, coordinación y capacidad de reacción.
“Si solo he consumido una pequeña cantidad de droga, puedo conducir.”
FALSO. La legislación prohíbe conducir con presencia de determinadas drogas en el organismo, en los términos establecidos legalmente.
LA MEJOR MEDIDA DE SEGURIDAD: PREVENIR
Antes de conducir, pregúntate:
¿HE BEBIDO?
NO CONDUZCAS.
¿HE CONSUMIDO DROGAS?
NO CONDUZCAS.
¿ESTOY TOMANDO MEDICACIÓN QUE PUEDE AFECTAR A LA CONDUCCIÓN?
Consulta el prospecto y, si tienes dudas, pregunta a un profesional sanitario.
¿TENGO DUDAS SOBRE SI ESTOY EN CONDICIONES DE CONDUCIR?
No conduzcas.
UN CONSEJO DE LA POLICÍA LOCAL DE CIUDAD REAL
SI CONDUCES, CERO ALCOHOL Y CERO DROGAS.
Llegar seguro siempre es más importante que llegar rápido.
El alcohol continúa siendo uno de los principales factores relacionados con la siniestralidad vial. En 2024 estuvo presente en el 28 % de los siniestros mortales registrados en el ámbito de la DGT. Además, en 2025, el 49,9 % de los conductores fallecidos sometidos a análisis toxicológico había consumido al menos una sustancia tóxica.
La prevención salva vidas.
Información oficial
Para ampliar información, puede consultarse la información de la Dirección General de Tráfico sobre alcohol, drogas y conducción, así como la normativa vigente sobre tráfico y seguridad vial.
Consultar la normativa de tráfico en el BOE
- ACCEDA PARA VER EL CONTENIDO a la GUÍA informativa sobre ALCOHOLEMIA Y DROGAS EN LA CONDUCCIÓN.
Mitos y realidades sobre el consumo de tabaco, alcohol y drogas en la conducción
Conducir requiere atención, capacidad de reacción y control. El consumo de determinadas sustancias puede poner en riesgo al conductor y al resto de usuarios de la vía.
En ocasiones circulan creencias que minimizan los efectos del alcohol y las drogas sobre la conducción. Conocer la realidad ayuda a tomar decisiones responsables y a prevenir siniestros viales.
TABACO
MITO: «Fumar mientras conduzco no afecta a la seguridad vial».
REALIDAD
Encender un cigarrillo, buscarlo, utilizar el mechero o apagarlo puede provocar distracciones y apartar la atención de la conducción. Además, el humo puede reducir la visibilidad dentro del habitáculo y una colilla encendida puede generar una situación de riesgo.
La prioridad al volante debe ser siempre la conducción.
ALCOHOL
MITO: «Si bebo poco, puedo conducir perfectamente».
REALIDAD
Incluso pequeñas cantidades de alcohol pueden afectar a la atención, percepción y capacidad de reacción. La única tasa segura de alcohol al volante es 0,0.
MITO: «Un café, una ducha fría o dormir un rato hacen que desaparezca el alcohol».
REALIDAD
Estas medidas no aceleran de forma significativa la eliminación del alcohol. La alcoholemia disminuye fundamentalmente con el paso del tiempo.
Si has bebido, no conduzcas.
MITO: «Si estoy por debajo del límite legal, conducir no supone ningún riesgo».
REALIDAD
Los límites legales no representan una cantidad de alcohol que garantice una conducción segura. El riesgo puede aumentar incluso con concentraciones inferiores a las máximas permitidas.
MITO: «Beber agua o comer mucho evita dar positivo».
REALIDAD
Comer puede modificar la velocidad de absorción del alcohol, pero no elimina el alcohol del organismo ni garantiza un resultado negativo en una prueba de alcoholemia.
MITO: «Puedo calcular aproximadamente cuánto alcohol puedo beber para conducir».
REALIDAD
La alcoholemia depende de numerosos factores: cantidad y tipo de bebida, velocidad de consumo, alimentación, peso, sexo, metabolismo y tiempo transcurrido, entre otros.
No es posible establecer una cantidad de alcohol que permita garantizar una conducción segura.
DROGAS
MITO: «Si consumo drogas y me encuentro bien, puedo conducir».
REALIDAD
La percepción subjetiva de encontrarse bien no significa que las capacidades necesarias para conducir no estén afectadas.
Las drogas pueden alterar la atención, percepción, coordinación, capacidad de reacción y toma de decisiones.
MITO: «El cannabis no afecta a la conducción porque es una sustancia natural».
REALIDAD
El cannabis puede afectar a la atención, percepción, coordinación y tiempo de reacción, aumentando el riesgo durante la conducción.
Además, la normativa de tráfico contempla la prohibición de conducir con presencia de drogas en el organismo, en los términos establecidos legalmente.
MITO: «Si han pasado unas horas desde que consumí drogas, ya puedo conducir».
REALIDAD
Los efectos y la permanencia de las sustancias en el organismo pueden variar considerablemente.
No conduzcas después de consumir drogas.
MITO: «Las drogas solo afectan a quien las consume».
REALIDAD
Cuando una persona conduce bajo los efectos de sustancias que alteran sus capacidades, pone también en peligro a pasajeros, peatones, ciclistas y demás conductores.
+
ALCOHOL Y DROGAS
MITO: «Si mezclo alcohol y drogas, los efectos se compensan».
REALIDAD
Todo lo contrario. La combinación de diferentes sustancias puede incrementar las alteraciones sobre las capacidades necesarias para conducir y aumentar el riesgo de sufrir un siniestro.
Alcohol + drogas = mayor riesgo.
¿QUÉ PUEDO HACER SI HE CONSUMIDO?
La decisión más segura es sencilla:
¿HAS BEBIDO?
NO CONDUZCAS.
¿HAS CONSUMIDO DROGAS?
NO CONDUZCAS.
¿HAS CONSUMIDO VARIAS SUSTANCIAS?
NO CONDUZCAS.
Taxi o VTC
Transporte público
Conductor alternativo
Quedarte donde estés hasta poder desplazarte de forma segura
LOS 10 MITOS QUE DEBES OLVIDAR
«Un café elimina el alcohol».
El café no elimina el alcohol del organismo.
«Una ducha fría me permite conducir».
No reduce rápidamente la alcoholemia.
«Si como mucho, no doy positivo».
Comer no garantiza un resultado negativo.
«Si estoy por debajo del límite, no existe riesgo».
El riesgo puede aumentar incluso con tasas bajas.
«Si me encuentro bien, puedo conducir».
La percepción subjetiva no garantiza estar en condiciones.
«El cannabis no afecta a la conducción».
Puede alterar capacidades esenciales para conducir.
«Las drogas desaparecen rápidamente».
Su permanencia y efectos pueden variar.
«Mezclar sustancias reduce sus efectos».
La combinación puede aumentar el riesgo.
«Conducir despacio compensa haber consumido».
No elimina las alteraciones producidas por las sustancias.
«Puedo calcular cuánto puedo beber».
No existe una cantidad que garantice una conducción segura.
CONSEJO DE LA POLICÍA LOCAL DE CIUDAD REAL
AL VOLANTE, CERO EXCUSAS
Si vas a conducir, no consumas alcohol ni drogas.
La mejor estrategia para evitar un siniestro es prevenir antes de ponerse al volante.
SI CONDUCES, CONDUCE CON TODAS TUS CAPACIDADES.
Cero alcohol. Cero drogas. Máxima atención.
La seguridad vial es responsabilidad de todos.
CONSULTE la guía informativa sobre el consumo de tabaco, alcohol y diferentes tipos de drogas.
SISTEMA ARBITRAL DE CONSUMO
Una forma rápida, sencilla y gratuita de resolver conflictos de consumo
El Sistema Arbitral de Consumo es un procedimiento extrajudicial que permite resolver de forma rápida, sencilla y gratuita las controversias que puedan surgir entre las personas consumidoras y las empresas o profesionales en relación con la adquisición de productos o la prestación de servicios.
Su finalidad es ofrecer una alternativa a la vía judicial para solucionar determinados conflictos de consumo de manera eficaz y con las debidas garantías para ambas partes.
¿QUÉ ES EL LAUDO?
El procedimiento arbitral finaliza con una resolución dictada por el órgano arbitral, que recibe el nombre de laudo.
El laudo resuelve la controversia planteada y, cuando es vinculante, obliga a las partes a cumplir lo establecido en él.
¿QUÉ SIGNIFICA EL DISTINTIVO DE ARBITRAJE DE CONSUMO?
Cuando un establecimiento o una empresa exhibe el distintivo oficial de adhesión al Sistema Arbitral de Consumo, está informando de su compromiso de utilizar este sistema para resolver las controversias de consumo que puedan surgir, de acuerdo con las condiciones de su adhesión.
Si eres consumidor/a
El distintivo te ofrece una garantía adicional, ya que indica que la empresa está adherida al Sistema Arbitral de Consumo y acepta someter determinadas controversias al procedimiento arbitral conforme a la normativa aplicable.
Antes de contratar, puedes comprobar si el establecimiento dispone de este distintivo.
Si eres empresario/a o profesional
La adhesión al Sistema Arbitral de Consumo permite ofrecer a tus clientes un mecanismo adicional para resolver posibles conflictos.
Entre sus principales ventajas se encuentran:
- Mayor confianza por parte de las personas consumidoras.
- Una vía alternativa para solucionar posibles controversias.
- La posibilidad de utilizar el distintivo oficial de adhesión.
- Una imagen de empresa comprometida con la protección de los derechos de las personas consumidoras.
¿CÓMO SE SOLICITA EL ARBITRAJE?
La persona consumidora puede presentar una solicitud de arbitraje ante la Junta Arbitral de Consumo que corresponda, utilizando los canales y formularios habilitados.
La solicitud deberá incluir la identificación de las partes, una descripción clara de los hechos, la pretensión de la persona reclamante y, en su caso, la documentación que permita acreditar los hechos alegados.
También pueden prestar información y asistencia en materia de consumo las Oficinas Municipales de Información al Consumidor (OMIC) y las asociaciones de personas consumidoras.
Antes de iniciar el procedimiento arbitral, es recomendable reclamar previamente ante la empresa o profesional, conservando copia de la reclamación y de la documentación relacionada con el conflicto.
EL ÓRGANO ARBITRAL
La controversia será resuelta por un órgano arbitral, cuya composición dependerá de las características del procedimiento.
Con carácter general, puede estar integrado por representantes de:
- La Administración.
- Las organizaciones de personas consumidoras.
- Las organizaciones empresariales o profesionales.
En determinados supuestos, especialmente cuando la controversia sea de escasa complejidad y la cuantía se encuentre dentro de los límites establecidos, puede intervenir un árbitro único.
AUDIENCIA DE LAS PARTES
Durante el procedimiento, las partes tendrán la oportunidad de exponer sus argumentos y aportar las pruebas y documentos que consideren necesarios para defender sus intereses.
El órgano arbitral analizará las alegaciones y la documentación aportada antes de adoptar su decisión.
PRUEBAS Y PERITAJES
Cuando sea necesario para resolver la controversia, podrán acordarse las pruebas o peritajes que resulten pertinentes.
Estas actuaciones podrán acordarse por iniciativa del órgano arbitral o a petición de alguna de las partes, de acuerdo con las normas aplicables al procedimiento.
Cuando corresponda a la Administración acordar una prueba de oficio, se aplicarán las reglas previstas para su financiación.
PRINCIPALES VENTAJAS DEL SISTEMA ARBITRAL DE CONSUMO
RÁPIDO
Permite resolver determinadas controversias sin tener que acudir a un procedimiento judicial.
GRATUITO
El procedimiento arbitral es gratuito para las partes, sin perjuicio de los posibles costes que puedan derivarse de determinadas pruebas o peritajes solicitados por una de ellas.
SENCILLO
Se trata de un procedimiento menos formal que la vía judicial y, con carácter general, no es necesaria la asistencia de abogado ni procurador.
EFICAZ
La controversia se resuelve mediante un laudo arbitral, evitando, en los casos en que proceda, tener que acudir a los tribunales.
VINCULANTE Y EJECUTIVO
El laudo obliga a las partes en los términos establecidos por la normativa y puede ser objeto de ejecución cuando no se cumpla voluntariamente.
¿ES OBLIGATORIO PARA LA EMPRESA?
No siempre.
El Sistema Arbitral de Consumo se basa en el principio de voluntariedad. La posibilidad de someter una controversia al arbitraje dependerá, entre otros aspectos, de que la empresa o profesional esté adherido al sistema o acepte el arbitraje cuando sea procedente.
Por ello, la existencia del distintivo de adhesión constituye una garantía especialmente relevante para la persona consumidora.
INFORMACIÓN Y CONTACTO
Junta Arbitral de Consumo de Castilla-La Mancha
C/ Berna, 1 — 45003 Toledo
925 284 533
Ciudad Real
Ayuntamiento de Ciudad Real — Plaza Mayor, 1 — 13001 Ciudad Real
926 211 044
Para obtener información actualizada sobre trámites, documentación, órganos competentes y vías de presentación, se recomienda consultar los canales oficiales de la Junta Arbitral de Consumo de Castilla-La Mancha y del Ayuntamiento de Ciudad Real.
CONSEJO
Antes de comprar o contratar un servicio, comprueba si la empresa está adherida al Sistema Arbitral de Consumo.
INFORMACIÓN AL CONSUMIDOR
Tus derechos también cuentan cuando compras en la calle
El Ayuntamiento de Ciudad Real pone a disposición de la ciudadanía esta sección de información sobre consumo de productos y utilización de servicios, con el objetivo de facilitar el conocimiento de los derechos y obligaciones de las personas consumidoras y ofrecer orientación ante posibles consultas o incidencias.
«Estar bien informados nos ayuda a conocer y ejercer nuestros derechos como consumidores».
VENTA AMBULANTE
Se considera venta ambulante aquella actividad comercial realizada fuera de un establecimiento comercial permanente, mediante instalaciones o puestos desmontables y en los lugares que hayan sido debidamente autorizados por la Administración competente.
Cada Ayuntamiento establece las condiciones aplicables a esta actividad dentro de su término municipal.
En Ciudad Real, la venta ambulante se encuentra regulada por la correspondiente Ordenanza Municipal reguladora del comercio ambulante, que establece las condiciones que deben cumplir los comerciantes y los requisitos para el ejercicio de esta actividad.
¿Qué se considera venta ambulante ilegal?
Es aquella actividad de venta realizada fuera de un establecimiento comercial permanente sin disponer de la autorización o sin cumplir los requisitos establecidos por la normativa aplicable.
La venta no autorizada puede perjudicar tanto al comercio legal como a las personas consumidoras, al dificultar el ejercicio de sus derechos y las actuaciones de control de las Administraciones Públicas.
DERECHOS DE LAS PERSONAS CONSUMIDORAS
Cuando realice una compra en un puesto de venta ambulante legalmente autorizado, dispone de los derechos que reconoce la normativa de protección de las personas consumidoras, dentro de las condiciones que resulten aplicables al producto o servicio adquirido.
INFORMACIÓN Y ETIQUETADO
Los productos deben proporcionar la información exigida por la normativa, incluida, cuando corresponda, la relativa a sus características, composición, condiciones de uso y demás datos obligatorios.
PRECIO
El precio debe estar indicado de forma clara y visible, de acuerdo con la normativa aplicable.
Antes de comprar, compruebe siempre cuánto va a pagar.
TICKET O FACTURA
Solicite y conserve el ticket, factura o justificante de compra.
Este documento resulta fundamental para acreditar la adquisición y facilitar cualquier reclamación posterior.
Cuando legalmente corresponda emitir factura, esta deberá contener los datos exigidos por la normativa.
PRODUCTOS DEFECTUOSOS
Si el producto presenta un defecto o falta de conformidad, la persona consumidora puede ejercer los derechos que correspondan conforme a la normativa de garantías y protección de consumidores, según las características de la compra.
PRODUCTOS CON TARA O DEFECTOS CONOCIDOS
Si un producto presenta una tara, defecto o característica que pueda afectar a su valor o funcionamiento, debe informarse adecuadamente antes de realizar la compra.
HOJAS DE RECLAMACIONES
Los establecimientos y comerciantes que estén obligados a disponer de ellas deberán facilitar las hojas de reclamacionescuando sean solicitadas por la persona consumidora.
Si considera que sus derechos han sido vulnerados, puede utilizarlas para dejar constancia de la reclamación y solicitar la intervención de los organismos competentes.
CONSEJOS ANTES DE COMPRAR
COMPRUEBE QUE EL PUESTO ESTÁ AUTORIZADO
Siempre que sea posible, compre en establecimientos o puestos que desarrollen su actividad de forma legal y autorizada.
PREGUNTE EL PRECIO ANTES DE COMPRAR
No dude en solicitar información sobre el precio final del producto.
CONSERVE EL TICKET
No tire el justificante de compra. Puede necesitarlo para reclamar, solicitar una garantía o acreditar la adquisición.
COMPRUEBE EL PRODUCTO
Antes de efectuar la compra, revise el estado, características y funcionamiento del producto cuando resulte posible.
SOLICITE INFORMACIÓN
Si tiene dudas sobre las características, condiciones de venta, garantía o utilización del producto, pregunte al vendedor antes de realizar la compra.
RECLAME SI ES NECESARIO
Si considera que se han vulnerado sus derechos, solicite la correspondiente hoja de reclamaciones y conserve la documentación relacionada con la compra.
¿QUÉ PUEDO HACER SI TENGO UN PROBLEMA?
Si considera que sus derechos como consumidor han sido vulnerados:
1. Conserve el ticket, factura o justificante de compra.
2. Guarde fotografías, publicidad, etiquetas u otros documentos relacionados con el producto o servicio.
3. Solicite la hoja de reclamaciones cuando corresponda.
4. Presente la reclamación ante el organismo de consumo competente, acompañando toda la
documentación disponible.
Recuerde que disponer de pruebas de la compra y de las circunstancias de la reclamación puede facilitar considerablemente la tramitación.
MERCADILLO DE LA GRANJA
Durante la celebración del Mercadillo de La Granja existe un Punto de Información del Ayuntamiento, donde la ciudadanía puede recibir orientación relacionada con la actividad comercial y el consumo.
Teléfono de información: 666 217 094
COMPRA CON INFORMACIÓN
La mejor protección como consumidor comienza antes de realizar la compra.
INFÓRMATE · COMPRUEBA · CONSERVA EL JUSTIFICANTE · RECLAMA SI ES NECESARIO
Conocer tus derechos es el primer paso para poder ejercerlos.
El Ayuntamiento de Ciudad Real abre una nueva sección donde se facilitará información sobre temas relacionados con el consumo de productos y el uso de servicios y se podrán realizar consultas sobre esta materia.
«Estar bien informados contribuye a poder ejercer nuestros derechos como consumidores.»
FERIA DE CIUDAD REAL: CONSEJOS PARA UN CONSUMO SEGURO
Información y recomendaciones para disfrutar de la Feria con todas las garantías
Un año más, y como manda la tradición, el 14 de agosto dará comienzo nuestra Feria y Fiestas en honor a Nuestra Señora la Virgen del Prado.
Desde la Inspección de Consumo queremos animar a la ciudadanía de Ciudad Real y a todas las personas que nos visitan a disfrutar de las numerosas actividades, espectáculos y propuestas que se desarrollarán durante estos días.
La Feria es un momento para disfrutar y compartir. Por ello, también es importante recordar algunos consejos básicos de consumo y seguridad alimentaria.
TUS DERECHOS COMO CONSUMIDOR TAMBIÉN ESTÁN PRESENTES EN LA FERIA
Las personas consumidoras mantienen sus derechos cuando realizan compras o consumen productos en los chiringuitos, casetas, puestos y establecimientos autorizados instalados en la vía pública y en el Recinto Ferial.
Antes de comprar o consumir:
Comprueba los precios
Los precios de los productos y servicios, incluidas las comidas y bebidas, deben estar claramente indicados y ser fácilmente visibles.
Solicita y conserva el ticket o factura
Pide siempre el justificante de tus compras y consumiciones.
Conservarlo es fundamental si posteriormente necesitas presentar una reclamación.
Solicita la hoja de reclamaciones
Si consideras que tus derechos como consumidor han sido vulnerados, puedes solicitar la correspondiente hoja de reclamaciones, cuando resulte exigible.
SEGURIDAD ALIMENTARIA: DISFRUTA CON TODAS LAS GARANTÍAS
Las altas temperaturas propias de estas fechas, junto con las condiciones especiales en las que se desarrolla la actividad durante la Feria, hacen especialmente importante mantener unas adecuadas condiciones de higiene, conservación, manipulación y exposición de los alimentos.
Los responsables de los establecimientos y puestos deben adoptar las medidas necesarias para garantizar la seguridad de los alimentos y mantener las instalaciones en adecuadas condiciones de higiene y limpieza.
COMO CONSUMIDOR, TAMBIÉN PUEDES PREVENIR
Protege los alimentos
Evita consumir comidas preparadas, tapas, bocadillos u otros alimentos que permanezcan expuestos al aire libre sin la protección adecuada.
Los alimentos deben estar convenientemente protegidos frente a las condiciones ambientales y a posibles contaminaciones.
Los alimentos que necesitan frío deben mantenerse refrigerados
Presta especial atención a productos especialmente sensibles a las altas temperaturas.
Evita consumir:
- Salsas y alimentos elaborados que necesiten refrigeración y que se encuentren fuera de las condiciones adecuadas de conservación.
- Mayonesas y otras salsas que deban mantenerse refrigeradas y permanezcan a temperatura inadecuada.
- Semiconservas, como determinados productos de pescado, si requieren refrigeración y no se encuentran adecuadamente conservadas.
Ante cualquier duda sobre la conservación de un alimento, es preferible no consumirlo.
ALIMENTOS VENDIDOS A GRANEL
Cuando se comercialicen alimentos a granel, tanto si necesitan refrigeración como si no, deben encontrarse adecuadamente protegidos y disponer de la información obligatoria para la persona consumidora, de acuerdo con la normativa aplicable.
Entre la información que puede resultar exigible se encuentra:
- Denominación del alimento.
- Ingredientes.
- Alérgenos.
- Información sobre el responsable del producto.
- Condiciones especiales de conservación o utilización, cuando sean necesarias.
- Fecha de caducidad o consumo preferente, cuando corresponda.
INFORMACIÓN SOBRE ALÉRGENOS
Si tienes una alergia o intolerancia alimentaria, informa al personal que te atienda antes de realizar el pedido.
Los establecimientos deben proporcionar la información sobre los alérgenos presentes en los alimentos, en los términos establecidos por la normativa.
Si tienes una alergia alimentaria, no dudes en preguntar.
Una correcta información puede prevenir riesgos innecesarios.
CONSEJOS PARA DISFRUTAR DE LA FERIA
Comprueba los precios antes de consumir.
Solicita y conserva el ticket o factura.
Si tienes dudas, pregunta por los ingredientes y alérgenos.
Comprueba que los alimentos están protegidos y correctamente conservados.
Presta especial atención a los alimentos que necesitan refrigeración.
Si observas condiciones higiénicas deficientes, comunícalo a los responsables del establecimiento o utiliza los mecanismos de reclamación correspondientes.
Si tus derechos como consumidor han sido vulnerados, solicita la hoja de reclamaciones cuando proceda.
ENTRE TODOS HACEMOS UNA FERIA MEJOR
La seguridad y la calidad de nuestra Feria son responsabilidad de todos.
Comerciantes, hosteleros, feriantes y consumidores podemos contribuir a que estos días se desarrollen con las máximas garantías.
DISFRUTA · INFÓRMATE · CONSUME CON SEGURIDAD
Desde el Ayuntamiento de Ciudad Real te deseamos una feliz Feria y Fiestas en honor a Nuestra Señora la Virgen del Prado.
MOVILIDAD CICLISTA EN CIUDAD REAL
Información, recursos y normativa para una movilidad más sostenible y segura
La bicicleta es un medio de transporte sostenible, saludable y especialmente adecuado para los desplazamientos urbanos. El Ayuntamiento de Ciudad Real fomenta su utilización y trabaja para mejorar las infraestructuras y condiciones de circulación ciclista en la ciudad.
En este apartado encontrará información de interés sobre circulación, estacionamiento, registro de bicicletas, planificación de la movilidad ciclista y normativa aplicable.
PARTICIPACIÓN Y PLANIFICACIÓN
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Mesa de la Bicicleta
Espacio de participación destinado a favorecer la colaboración entre el Ayuntamiento, la ciudadanía y las asociaciones relacionadas con la bicicleta en la planificación y mejora de la movilidad ciclista. -
Plan Director de Movilidad Ciclista
Documento de planificación que establece las líneas de actuación para el desarrollo y mejora de la movilidad ciclista en Ciudad Real.
APARCAMIENTO Y REGISTRO DE BICICLETAS
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Ubicación de los aparcamientos para bicicletas
Consulte los lugares habilitados para estacionar su bicicleta. -
Relación de zonas de estacionamiento de bicicletas
Consulte el listado de espacios destinados al aparcamiento de bicicletas. -
Registro de bicicletas – BiciRegistro
Registre su bicicleta para facilitar su identificación y recuperación en caso de pérdida o sustracción.
NORMATIVA Y SEGURIDAD VIAL
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Ordenanza reguladora de la movilidad ciclista y de los vehículos de movilidad personal
Consulte la normativa municipal que regula, entre otras materias, la circulación, estacionamiento, infraestructuras ciclistas y convivencia de bicicletas y vehículos de movilidad personal con peatones y demás usuarios de la vía.
Una movilidad segura es responsabilidad de todos
Ciclistas, conductores de vehículos a motor, usuarios de vehículos de movilidad personal y peatones deben respetar la señalización y las normas de circulación, favoreciendo una convivencia segura y respetuosa en nuestras calles.
Muévete de forma sostenible. Respeta. Convive. Pedalea con seguridad.
TRANSPORTE PÚBLICO EN CIUDAD REAL
Autobuses urbanos y servicio de taxi
Ciudad Real dispone de diferentes alternativas de transporte público que facilitan los desplazamientos por la ciudad y contribuyen a una movilidad más sostenible, accesible y segura.
En este apartado puede consultar la información actualizada sobre las líneas de autobús urbano, recorridos, horarios, paradas y servicio de taxi.
AUTOBUSES URBANOS
La red de transporte urbano conecta diferentes zonas de Ciudad Real con puntos de especial interés, como el Hospital General, la estación del AVE, el centro de la ciudad y otras áreas residenciales. Actualmente, la red incluye las líneas 1A, 1B, 2, 3, 4, 5, líneas de anejos y servicios con Miguelturra.
Puede consultar:
- Líneas y recorridos.
- Horarios y frecuencias.
- Paradas de cada línea.
- Horarios en tiempo real.
- Plano de la red de transporte urbano.
- Tarifas y modalidades de abono.
- Planificación de rutas.
CONSULTAR LÍNEAS, HORARIOS Y RECORRIDOS DE AUTOBÚS URBANO
Consulta el autobús en tiempo real
La aplicación Bus-Real permite consultar desde dispositivos móviles las líneas, itinerarios, paradas y tiempos estimados de llegada de los autobuses urbanos.
También puede utilizarse un planificador de rutas para elegir la alternativa de transporte más adecuada.
SERVICIO DE TAXI
El servicio de taxi constituye otra alternativa de transporte público para desplazarse por Ciudad Real.
El Ayuntamiento dispone de paradas de taxi autorizadas, distribuidas en diferentes puntos de la ciudad, y regula las condiciones de prestación del servicio mediante la correspondiente normativa municipal.
Puede consultar:
- Ubicación de las paradas de taxi.
- Mapa de paradas autorizadas.
- Tarifas aplicables.
- Normativa municipal del servicio.
- Información sobre taxis adaptados y accesibilidad.
CONSULTAR PARADAS, TARIFAS Y NORMATIVA DEL SERVICIO DE TAXI
Teléfono de taxi: 926 21 30 40
MOVILIDAD ACCESIBLE Y SEGURA
Siempre que sea posible, utilice el transporte público para sus desplazamientos por la ciudad.
Respete las paradas, los espacios reservados y las indicaciones del personal del servicio. Recuerde que determinados vehículos y servicios están adaptados para facilitar la movilidad de personas con discapacidad o movilidad reducida.
MUÉVETE POR CIUDAD REAL DE FORMA SEGURA
Planifica tu recorrido · Respeta las normas · Utiliza el transporte público
Para consultar información municipal actualizada sobre movilidad, puede acceder al Área de Movilidad del Ayuntamiento de Ciudad Real, donde se reúnen los servicios de autobuses,
taxis, aparcamiento, movilidad ciclista y otros recursos relacionados con el transporte urbano.
BICICLETA Y SEGURIDAD VIAL
Recursos y consejos para una movilidad ciclista segura y responsable
La bicicleta es un medio de transporte sostenible, saludable y eficiente. Su utilización en condiciones de seguridad requiere conocer y respetar las normas de circulación, utilizar correctamente los elementos de protección y mantener una actitud de respeto y convivencia con el resto de usuarios de la vía.
En esta sección encontrará una selección de recursos de interés para ciclistas, conductores, familias y profesionales de la educación vial.
NORMATIVA Y PERMISO POR PUNTOS
Infracciones que restan puntos
Consulte las principales infracciones relacionadas con la circulación y la seguridad vial que pueden llevar aparejada la pérdida de puntos del permiso de conducir.
CONSULTAR INFRACCIONES QUE RESTAN PUNTOS
Formación de ciclistas
Material dirigido especialmente a quienes desarrollan actividades de educación y formación vial, con contenidos sobre las principales normas que deben conocer las personas que utilizan la bicicleta.
SEGURIDAD Y PROTECCIÓN
El casco: un elemento fundamental
El casco constituye uno de los principales elementos de protección del ciclista. Conozca cómo está fabricado, cuáles son sus componentes y qué aspectos debe tener en cuenta para utilizarlo correctamente.
RADIOGRAFÍA DEL CASCO PROTECTOR – DGT
Recuerde
Un casco debe utilizarse correctamente colocado y ajustado, y debe ser adecuado a la talla de la persona que lo utiliza.
CIRCULACIÓN Y CONVIVENCIA
Circular en bicicleta implica compartir el espacio público con peatones, vehículos a motor y otros usuarios de la vía.
Tolerancia, educación y respeto
La seguridad vial también depende de nuestra actitud.
Respeta · Señaliza · Anticípate · Mantén la atención · Convive
TOLERANCIA, EDUCACIÓN Y RESPETO EN LA MOVILIDAD CICLISTA – DGT
¿Cómo adelantar correctamente a un ciclista?
Los conductores deben extremar las precauciones al adelantar a ciclistas y respetar las condiciones de seguridad establecidas por la normativa de tráfico.
Antes de adelantar:
- Compruebe que puede realizar la maniobra con seguridad.
- Mantenga una separación lateral suficiente.
- Adapte la velocidad a las circunstancias.
- No realice el adelantamiento si existe riesgo para el ciclista o para otros usuarios.
CONSEJOS DE SEGURIDAD VIAL PARA CICLISTAS – DGT
ILUMINACIÓN Y VISIBILIDAD
Ser visible es fundamental, especialmente durante la noche, con poca visibilidad o en condiciones meteorológicas adversas.
Consulte la información y recomendaciones de la Dirección General de Tráfico sobre los sistemas de iluminación de las bicicletas.
INSTRUCCIÓN DE LA DGT SOBRE ILUMINACIÓN EN BICICLETAS
Hazte visible
Ver y ser visto es una parte esencial de la seguridad ciclista.
BICICLETAS Y VEHÍCULOS DE MOVILIDAD PERSONAL
La movilidad urbana está incorporando nuevos medios de transporte, como los vehículos de movilidad personal (VMP).
Conocer las normas que regulan su utilización permite prevenir accidentes y mejorar la convivencia entre todos los usuarios de la vía.
GUÍA SOBRE VEHÍCULOS DE MOVILIDAD PERSONAL – DGT
Asimismo, puede consultar la normativa municipal sobre movilidad ciclista y vehículos de movilidad personal.
MANTENIMIENTO Y MECÁNICA
Una bicicleta correctamente mantenida ofrece mayor seguridad y permite detectar posibles problemas antes de iniciar la marcha.
Puede consultar recursos audiovisuales sobre:
- Mantenimiento básico.
- Reparaciones.
- Ajuste de componentes.
- Mecánica de la bicicleta.
- Preparación de la bicicleta para desplazamientos y rutas.
MUNDO MAMMOTH – MECÁNICA DE LA BICICLETA
EDUCACIÓN Y FORMACIÓN EN SEGURIDAD VIAL
La educación vial es una herramienta fundamental para prevenir accidentes.
Ponemos a disposición de la ciudadanía recursos para aprender, comprobar conocimientos y mejorar los hábitos de circulación.
REALIZA TEST DE SEGURIDAD VIAL – DGT
También puede consultar materiales relacionados con la Estrategia de Seguridad Vial 2030.
ESTRATEGIA DE SEGURIDAD VIAL 2030 – DGT
TIPOS DE VÍAS CICLISTAS
Conocer los diferentes tipos de vías destinadas a la circulación ciclista permite utilizarlas correctamente y mejorar la convivencia entre los distintos usuarios.
CONSULTAR TIPOS DE VÍAS CICLISTAS
PROTEGE TU BICICLETA
Además de circular de forma segura, es recomendable adoptar medidas para reducir el riesgo de pérdida o sustracción.
Entre ellas:
- Utilizar sistemas de bloqueo adecuados.
- Estacionar en lugares habilitados.
- Evitar dejar la bicicleta durante largos periodos en lugares poco transitados.
- Conservar fotografías y datos identificativos de la bicicleta.
- Valorar su registro en sistemas de identificación de bicicletas.
SEGURO DE BICICLETA
La contratación de un seguro específico para bicicletas puede ser una opción interesante para disponer de determinadas coberturas frente a riesgos como responsabilidad civil, accidentes o robo, según las condiciones de cada póliza.
INFORMACIÓN SOBRE SEGUROS PARA CICLISTAS
DIEZ CONSEJOS PARA UNA MOVILIDAD CICLISTA SEGURA
1. Respeta siempre las normas de circulación.
2. Mantén la atención y evita distracciones.
3. Utiliza correctamente los elementos de protección.
4. Hazte visible, especialmente con poca luz.
5. Señaliza tus maniobras con antelación.
6. Mantén una distancia de seguridad adecuada.
7. Respeta a los peatones y al resto de usuarios.
8. Mantén tu bicicleta en buenas condiciones.
9. Adapta la velocidad a las circunstancias de la vía.
10. Recuerda que la seguridad vial es una responsabilidad compartida.
PEDALEA CON SEGURIDAD. RESPETA. CONVIVE.
Una ciudad más segura y sostenible la construimos entre todos.
GUÍA Y RECURSOS PARA USUARIAS Y USUARIOS DE BICICLETAS
Información para circular de forma segura, responsable y sostenible por Ciudad Real
La bicicleta es una excelente alternativa para desplazarse por la ciudad. Para disfrutar de sus ventajas con seguridad es importante conocer las normas de circulación, utilizar correctamente los elementos de protección, mantener la bicicleta en buen estado y respetar al resto de usuarios de la vía.
Desde la Policía Local de Ciudad Real ponemos a disposición de la ciudadanía una selección de guías, recursos, normativa y consejos prácticos para mejorar la seguridad y la convivencia en nuestros desplazamientos.
GUÍAS PARA CICLISTAS
Guía para usuarios y usuarias de bicicletas
Información práctica sobre normas de circulación, seguridad, equipamiento y recomendaciones para utilizar la bicicleta correctamente.
CONSULTAR GUÍA PARA USUARIOS DE BICICLETAS
Ir en bici de forma segura
Consejos y recomendaciones para desplazarse en bicicleta reduciendo los riesgos y mejorando la seguridad durante los trayectos.
Cómo formar a ciclistas
Material de apoyo para actividades de educación y formación vial, especialmente útil para quienes trabajan con niños, jóvenes o grupos de ciclistas.
NORMATIVA Y SEGURIDAD VIAL
Conoce las normas de tráfico
Conocer las normas es el primer paso para circular con seguridad.
CONSULTAR LAS NORMAS DE TRÁFICO – DGT
Veinte normas que todo ciclista debe conocer
Una selección de normas y recomendaciones básicas para quienes utilizan la bicicleta.
20 NORMAS PARA CICLISTAS – DGT
Tipos de vías ciclistas
Conozca las diferentes infraestructuras destinadas a la circulación de bicicletas y las características de cada una.
CONSULTAR TIPOS DE VÍAS CICLISTAS
Circulación por autovías y autopistas
Consulte las condiciones y limitaciones aplicables a la circulación de bicicletas por este tipo de vías.
INFORMACIÓN SOBRE CIRCULACIÓN POR AUTOVÍAS
EQUIPAMIENTO Y VISIBILIDAD
El casco protector
Conozca cómo funciona el casco de bicicleta, sus principales componentes y la importancia de utilizarlo correctamente.
RADIOGRAFÍA DEL CASCO PROTECTOR – DGT
Iluminación de la bicicleta
La iluminación y la visibilidad son elementos esenciales para la seguridad, especialmente durante la noche o en condiciones de visibilidad reducida.
CONSULTAR INSTRUCCIÓN DE LA DGT SOBRE ILUMINACIÓN EN BICICLETAS
Recuerda: Ver y ser visto
Utiliza los elementos de iluminación y señalización exigibles y procura hacerte visible para el resto de usuarios de la vía.
PREVENCIÓN DE ACCIDENTES
¿Cómo adelantar correctamente a un ciclista?
Los adelantamientos requieren especial precaución. Conozca las principales recomendaciones para realizar esta maniobra con seguridad.
¿CÓMO ADELANTAR CORRECTAMENTE A LOS CICLISTAS?
Diez situaciones de riesgo
Identificar las situaciones que pueden generar peligro permite anticiparse y adoptar decisiones más seguras.
CONSULTAR DIEZ SITUACIONES DE RIESGO
Tolerancia, educación y respeto
La convivencia en la vía pública requiere la colaboración de todos: ciclistas, conductores, peatones y usuarios de vehículos de movilidad personal.
TOLERANCIA, EDUCACIÓN Y RESPETO – DGT
PROTEGE TU BICICLETA
BiciRegistro
Registrar la bicicleta permite asociarla a sus datos identificativos y puede facilitar su recuperación en caso de pérdida o sustracción.
REGISTRA TU BICICLETA EN BICIREGISTRO
Recomendaciones básicas
- Utiliza un sistema de seguridad adecuado.
- Estaciona en lugares habilitados.
- Conserva fotografías y características identificativas de la bicicleta.
- Guarda la documentación de compra cuando sea posible.
- Considera registrar la bicicleta en un sistema de identificación.
MECÁNICA Y MANTENIMIENTO
Una bicicleta correctamente mantenida ofrece mayor seguridad y permite detectar posibles averías antes de iniciar la marcha.
Aprende sobre mecánica de bicicleta
Consulte recursos audiovisuales sobre mantenimiento, reparación y mecánica de bicicletas.
MUNDO MAMMOTH – MECÁNICA DE LA BICICLETA
PLANIFICA TU RUTA
Antes de iniciar un desplazamiento, especialmente si se trata de una ruta larga, es recomendable planificar el recorrido y comprobar las condiciones de la vía.
PLANIFICA TU ITINERARIO EN BICICLETA – GOOGLE MAPS
INFORMACIÓN Y RECURSOS ESPECIALIZADOS
Ciclosfera
Revista especializada en ciclismo urbano, movilidad sostenible y cultura ciclista.
Ciclojuristas
Portal especializado en normativa relacionada con la bicicleta y la movilidad ciclista.
ConBici
Coordinadora que reúne asociaciones y entidades relacionadas con la promoción de la bicicleta y la movilidad ciclista.
Cicloturismo y seguro
Información y recomendaciones relacionadas con la práctica del cicloturismo y las posibilidades de aseguramiento voluntario.
INFORMACIÓN SOBRE INFRACCIONES Y SANCIONES
Conocer las normas permite prevenir conductas de riesgo y evitar infracciones.
Puede consultar información sobre las infracciones de tráfico que pueden implicar pérdida de puntos del permiso de conducción.
CONSULTAR INFRACCIONES QUE RESTAN PUNTOS
LA SEGURIDAD VIAL ES RESPONSABILIDAD DE TODOS
Circular en bicicleta de forma segura no consiste únicamente en conocer las normas. También implica mantener la atención, anticiparse a los riesgos, respetar a los demás usuarios y adaptar nuestra conducta a las circunstancias de la vía.
PEDALEA CON SEGURIDAD
Respeta las normas · Hazte visible · Anticípate al riesgo · Respeta a los demás · Disfruta de la bicicleta
FUENTES Y RECURSOS
Los contenidos de esta sección incluyen recursos procedentes, entre otras fuentes, de la Dirección General de Tráfico (DGT) y de entidades especializadas en movilidad ciclista.
VEHÍCULOS DE MOVILIDAD PERSONAL (VMP)
Los Vehículos de Movilidad Personal (VMP), entre los que se encuentran los patinetes eléctricos, forman parte de la movilidad urbana y están sujetos a unas normas específicas de circulación y seguridad vial.
En este apartado encontrará guías, normativa y recursos de interés para conocer las obligaciones de las personas usuarias y las características que deben cumplir estos vehículos.
GUÍA INFORMATIVA SOBRE LOS VMP
Consultar la información oficial de la DGT sobre Vehículos de Movilidad Personal
Acceda a la información sobre características, inscripción, certificación, normativa aplicable y requisitos de los VMP.
NORMAS Y RECOMENDACIONES PARA CIRCULAR EN VMP
Consultar la normativa y recomendaciones de la DGT
Conozca las principales normas de circulación, infracciones, requisitos técnicos y recomendaciones de seguridadpara desplazarse en VMP.
Recuerde que los VMP son vehículos de una o más ruedas, de una sola plaza y propulsados exclusivamente por motor eléctrico, con una velocidad máxima por diseño comprendida entre 6 y 25 km/h.
MANUAL DE CARACTERÍSTICAS DE LOS VMP
Consultar el Manual de características de los VMP de la DGT La Resolución de 12 de enero de 2022, de la Dirección General de Tráfico, aprobó el Manual de características de los vehículos de movilidad personal.
Este manual establece los requisitos técnicos, sistemas de seguridad, procesos de certificación e identificación que deben cumplir estos vehículos para poder circular.
IMPORTANTE: CERTIFICACIÓN DE LOS VMP
Los VMP comercializados a partir del 22 de enero de 2024 deben corresponder a marcas y modelos certificados para su uso.
Los VMP comercializados hasta el 21 de enero de 2024 pueden seguir circulando hasta el 22 de enero de 2027, aunque no dispongan de certificado.
A partir del 22 de enero de 2027, únicamente podrán circular los VMP que cumplan los requisitos establecidos en el Manual de características y dispongan del correspondiente certificado VMP.
CIRCULE CON SEGURIDAD
Antes de utilizar un VMP:
- Compruebe que el vehículo cumple los requisitos técnicos exigibles.
- Respete en todo momento las normas de circulación.
- Adapte la velocidad a las circunstancias de la vía y del tráfico.
- Mantenga una actitud especialmente preventiva con peatones y otros usuarios vulnerables.
- No utilice el teléfono móvil ni auriculares mientras conduce.
- No conduzca bajo los efectos del alcohol o las drogas.
- Recuerde que los VMP no pueden circular por las aceras ni por vías interurbanas, autopistas, autovías, travesías o túneles urbanos, en los términos establecidos por la normativa.
INFORMACIÓN ACTUALIZADA
La normativa sobre los VMP puede evolucionar, por lo que se recomienda consultar siempre las fuentes oficiales de la Dirección General de Tráfico y la normativa municipal aplicable.
Una movilidad segura comienza por conocer y respetar las normas.
AUTORIZACIÓN PARA ACTIVIDADES PIROTÉCNICAS
¿QUIERE REALIZAR UN LANZAMIENTO DE COHETES O UNA ACTIVIDAD PIROTÉCNICA?
Para realizar determinadas actividades pirotécnicas en el término municipal de Ciudad Real es necesario solicitar previamente la correspondiente autorización municipal.
En el caso de lanzamientos de cohetes con una cantidad inferior a 10 kg, la solicitud deberá presentarse con una antelación mínima de 10 días naturales respecto de la fecha prevista para la actividad.
¿CÓMO PUEDO SOLICITAR LA AUTORIZACIÓN?
La solicitud deberá tramitarse a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Ciudad Real, utilizando el formulario correspondiente:
ACCEDER A LA SOLICITUD DE PIROTECNIA
La documentación que debe acompañar a la solicitud dependerá de las características de la actividad. Para facilitar la tramitación, se recomienda consultar previamente el Anexo Informativo elaborado por la Policía Local.
DOCUMENTACIÓN E INFORMACIÓN DE INTERÉS
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ANEXO INFORMATIVO – Solicitud de pirotecnia inferior a 10 kg
Información sobre la documentación que debe aportarse y los requisitos de la solicitud. -
NORMATIVA SOBRE PIROTECNIA – ITC aplicable
Consulte la normativa técnica aplicable a los artículos pirotécnicos y a las condiciones de seguridad. -
FORMULARIOS Y SOLICITUDES DEL AYUNTAMIENTO DE CIUDAD REAL
Acceso directo al trámite de Solicitud de pirotecnia (inferior a 10 kg), disponible dentro del apartado de Policía Local-Movilidad.
RECUERDE
No espere al último momento. La solicitud debe presentarse con la antelación mínima exigida y acompañada de toda la documentación necesaria.
La presentación de la solicitud no implica por sí misma que la actividad esté autorizada. Deberá esperar a la resolución o autorización correspondiente antes de realizar el lanzamiento o actividad pirotécnica.
La realización de actividades pirotécnicas está sujeta a la normativa estatal y a las condiciones de seguridad que resulten aplicables. El Reglamento de artículos pirotécnicos y cartuchería, aprobado por el Real Decreto 989/2015, establece el marco regulador estatal en esta materia.
Por su seguridad y la de las demás personas, no realice ninguna actividad pirotécnica sin haber obtenido previamente las autorizaciones que sean necesarias.